La violencia en contra de personas lesbianas, gays, transexuales, transgénero, travestis, intersexuales y de otras categorías de la diversidad sexual (LGBTI+), es una variante de la violencia de género, es impulsada por el deseo de castigar a quienes se considera desafían las normas de género, y atentan contra las manifestaciones de la sexualidad socialmente aceptada.

Como parte de las acciones para proteger, garantizar e impulsar una cultura de respeto de los derechos humanos de la población LGBTI+, la Procuraduría General de la República (PGR) en colaboración con organizaciones de la sociedad civil y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), elaboraron el Protocolo Nacional LGBTI+, aprobado en la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia 2017.

Para garantizar el acceso a una justicia incluyente, igualitaria, eficaz y eficiente se establecieron reglas de actuación que el personal deberá seguir cuando alguna persona de dicha comunidad acuda ante una autoridad de procuración de justicia federal o local.

El objetivo es evitar cualquier tipo de discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales, siguiendo los principios de:

  • Respeto a la dignidad
  • Igualdad y no discriminación
  • Enfoque diferencial y especializado
  • Protección de datos personales
  • Libre desarrollo de la personalidad
  • No victimización secundaria
  • Protección integral a los derechos
  • No criminalización
  • Enfoque transformador

El Protocolo Nacional LGBTI+ considera que las instancias de procuración de justicia cuenten con un área especializada y personal capacitado en trabajo social y psicología, que brinde atención a víctimas:

  1. Atención psicológica individual y grupal.
  2. Acompañamiento durante la toma de declaraciones, careos, entre otras.
  3. Acompañamiento a víctimas durante reuniones de trabajo relacionadas con los avances en las investigaciones ministeriales.
  4. Detección inmediata de necesidades psicosociales en las comunidades afectadas.
  5. Vinculación y acompañamiento a otras dependencias gubernamentales, con la finalidad de contribuir a garantizar un tratamiento integral con servicios especializados.

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