El 30 de enero de 1857, el presidente Ignacio Comonfort decretó la Ley Orgánica del Registro Civil.

La Ley estableció la obligatoriedad de todos los habitantes de la República a inscribirse en el Registro Civil. Comprendía los nacimientos, la adopción y arrogación de personas; los matrimonios, los votos religiosos y los fallecimientos; establecía las bases para la expedición de las actas correspondientes que debían estar a cargo de un oficial del estado civil.

El 28 de julio de 1859, el presidente Benito Juárez, al exponer los motivos de la ley, subrayó la idea de separar cabalmente al Estado respecto de la Iglesia, delimitando el papel que le corresponde a cada uno y reafirmando las tareas que son inherentes al Estado como la más alta organización de la sociedad.

Fuente: Bicentenario