El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) se congratula de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determina que las niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual tienen derecho a disponer del tiempo necesario para comprender, asimilar y expresar su experiencia, sin estar sujetas a ningún plazo para denunciar.
Esta decisión representa el primer precedente en el que la SCJN declara la imprescriptibilidad de estos delitos, lo que constituye un avance en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en México. Por lo que, desde el DIF Nacional reiteramos el compromiso de brindar asesoría y representación jurídica especializada a todas las personas menores de edad que hayan sufrido algún delito de carácter sexual, para garantizar su derecho de acceso a la justicia.
Recordar que, el SNDIF, a través de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA) y en coordinación con las Procuradurías de Protección de las 32 entidades federativas, presentó en días pasados escritos de Amicus Curiae ante la SCJN para instar a la Primera Sala del Alto Tribunal a resolver que los delitos de carácter sexual cometidos en perjuicio de niñas, niños y adolescentes son imprescriptibles.
En sesión del 26 de febrero de 2025, la Primera Sala de la SCJN determinó por mayoría de tres votos que, en efecto, bajo la aplicación del último párrafo del artículo 106 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los delitos sexuales cometidos en contra de personas menores de edad no tienen “caducidad”, por lo que pueden ser denunciados en cualquier momento, con independencia del tiempo que haya pasado desde su comisión