¿Quién puede acceder a las condiciones especiales ofrecidas por Pemex TRI?

  • Pemex TRI deberá ofrecer las condiciones especiales a todos los usuarios que cumplan con el criterio de aplicación específico para cada una de ellas, en condiciones no discriminatorias.
  • El Comercializador ofrecerá las condiciones especiales a usuarios en condiciones similares.

¿Cómo puedo solicitar una condición especial de comercialización a Pemex TRI?

  • Si su solicitud corresponde a una de las condiciones especiales ofrecidas por Pemex TRI, relacionadas en el enlace “condiciones especiales”, puede dirigirse con el comercializador y realizar la solicitud, demostrando el cumplimiento del criterio de aplicación para la condición de su interés.

¿Cómo puedo solicitar una condición especial diferente de comercialización a Pemex TRI?

  • Si requiere una condición especial diferente a las actualmente ofrecidas, deberá acudir a Pemex TRI para solicitar la negociación de dicha condición. Pemex TRI estudiará la viabilidad comercial, técnica y económica de la solicitud y en caso de ser aprobada, ofrecerá la misma condición especial a todos los usuarios que se encuentren en condiciones similares, y será publicada en el portal comercial de Pemex TRI y en la página web de la CRE.

¿Puedo celebrar un contrato sólo de VPM o sólo de Comercialización con Pemex TRI?

  • Si, la Resolución RES/1205/2017 establece que Pemex TRI deberá ofrecer a todos sus clientes la posibilidad de suscribir un contrato de VPM o de comercialización, o bien ambos contratos, a elección del usuario, sin condicionamiento alguno.

¿Si ya tengo un contrato de suministro de gas natural con Pemex TRI, puedo sustituirlo?

  • A partir del 1 de julio de 2017 todos los contratos celebrados con Pemex TRI deberán ser sustituidos por otros que correspondan al nuevo régimen de reserva de capacidad, a los términos y condiciones de venta de primera mano y a los modelos de contrato de comercialización aprobados a Pemex TRI y a su filial, MGC.

¿Si tengo un contrato de comercialización con una empresa diferente a Pemex, puedo sustituirlo?

  • La regulación asimétrica, y el cambio de todos los contratos a partir del 1 de julio de 2017 es aplicable únicamente para Petróleos Mexicanos, sus filiales o subsidiarias. En el caso de contratos con empresas diferentes a éstas, se estará a lo dispuesto en las cláusulas sobre terminación del contrato vigente, y en los términos y condiciones de la empresa con la que lo haya celebrado.

 

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