Regresar a Registro de Comercializadores no Suministradores

1. ¿Qué es un Comercializador no Suministrador?

  • De acuerdo a lo establecido en la fracción XXVIII del artículo 3 de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) y lo establecido en el párrafo tercero del artículo 16 y 78 del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica (RLIE), un Comercializador no Suministrador es un Participante del Mercado que no presta el servicio de Suministro Eléctrico y no requiere permiso para llevar a cabo sus actividades de comercialización. Los que deseen realizar actividades de comercialización sin prestar servicios de suministro, deben contar con el registro ante la CRE como Comercializador no Suministrador.

2. ¿Qué actividades de comercialización puede realizar un Comercializador no Suministrador?

  • De acuerdo a lo establecido en las fracciones II.1, II.2 y II.3 de la Disposición Séptima de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para la operación y funcionamiento del Registro de Comercializadores no Suministradores (las Disposiciones), el interesado en tramitar su inscripción en el Registro de Comercializadores no Suministradores (el Registro), deberá indicar las actividades de comercialización que pretende realizar, que se incluyen las siguientes:
    • a) Transacciones de compraventa de: Energía eléctrica, Servicio Conexos que se incluyan en el MEM, Potencia, Derechos Financieros de Transmisión, Certificados de Energías Limpias;
    • b) Importación y exportación de: Energía eléctrica, Servicios Conexos que se incluyan en el MEM, Potencia;
    • c) Contratos de Cobertura Eléctrica para realizar operaciones de compraventa relativas a: Energía eléctrica, Potencia, Servicios Conexos en un nodo del Sistema Eléctrico Nacional, Derechos Financieros de Transmisión, Certificados de Energías Limpias.

3. ¿Existe algún pago de derechos por la solicitud de inscripción en el Registro de Comercializadores no Suministradores?

  • De acuerdo al establecido en el artículo 79 del RLIE, el trámite de inscripción en el Registro no tiene costo.

4. ¿Cómo puedo saber el estatus de mi solicitud de inscripción en el Registro de Comercializadores no Suministradores?

  • Las solicitudes de inscripción recibidas en la CRE se publicarán en la página electrónica para que los solicitantes conozcan el estado que guarda su trámite.

5. ¿Puedo darme de baja del registro de Comercializadores no Suministradores?

  • De acuerdo a lo establecido en la Disposición Décima Tercera de las Disposiciones, los que deseen cancelar su inscripción en el Registro, deberán solicitarlo a la CRE a través de la plataforma electrónica del Registro adjuntando la notificación de terminación del Contrato de Participante del Mercado por parte del Cenace o en su caso declaración jurada del representante legal del registrado declarando que no firmó el contrato de Participante del Mercado.