El 15 de febrero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución RES/997/2015 por la que la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión) expide las disposiciones administrativas de carácter general aplicables a la comercialización de gas natural, con condiciones de regulación asimétrica a Petróleos Mexicanos (Pemex), sus organismos subsidiarios, sus filiales y divisiones y cualquier otra persona controlada por dichas personas. La Resolución señala que Pemex deberá ceder parte de su cartera de contratos en materia de dicha comercialización de gas natural en un plazo máximo de 4 años, una cesión que equivalga a 70% de comercialización que actualmente realiza en el mercado nacional.

El 25 de julio de 2016, la Secretaría de Energía anunció la Política pública para la implementación del mercado de gas natural, la cual sienta las bases para la conformación de un mercado de gas natural eficiente y competitivo que promueva las inversiones y la entrada de nuevos participantes en este mercado. Dicha política pública está alineada con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 para cumplir los objetivos de: a) abastecer de energía al país con precios competitivos, calidad y eficiencia a lo largo de la cadena productiva, y b) garantizar reglas claras que incentiven el desarrollo de un mercado interno competitivo.

El 19 de enero de 2017, la Comisión aprobó, la Resolución RES/048/2017, publicada en el DOF el día 25 de enero. Dicha resolución determinan las características del procedimiento para la implementación del Programa de Cesión de Contratos como parte de la regulación asimétrica a que hace referencia la resolución RES/997/2015.