La ley de la Industria Eléctrica establece a la Generación Distribuida, como la Generación de energía eléctrica que cumple con las siguientes características:

  1. Se realiza por un Generador exento en los términos de esta Ley, y
  2. Se realiza en una Central Eléctrica que se encuentra interconectada a un circuito de distribución que contenga una alta concentración de Centros de Carga, en los términos de las Reglas del Mercado.

Los lineamientos que establecen los criterios para el otorgamiento de Certificados de Energías limpias establecen que la Generación Limpia Distribuida es la Generación Distribuida a partir de Energías Limpias

1. Conoce las últimas publicaciones vigentes en materia de Generación Distribuida 

2. Marco Legal

3.Marco Regulatorio

4.Documentos

5. Plataforma informática en materia de Generación Distribuida
(Conforme a lo dispuesto en el numeral 3.1 de las DACG de GD)

  • Consulta el estatus de una solicitud de interconexión
  • Consulta la capacidad de los circuitos de distribución y la capacidad de generación interconectada a dichos circuitos

6.Estadísticas

7.Centrales eléctricas de Generación Distribuida

8.Contacto

  • Atención de consultas específicas de Generación Distribuida manda un correo a mesaayuda@cre.gob.mx o comunícate al (+52) 55 3300 069

9.Preguntas frecuentes sobre Generación Distribuida

10. Interconexión colectiva, pequeña y mediana escala. (Instrumentos sobre Generación Distribuida, vigentes hasta el 7 de marzo de 2017)

11. Para más información relativa a los Certificados de Energías Limpias consulta aquí

12. Para más información relativa a las Unidades de Verificación consulta aquí 

13. La CRE aprueba instrumentos regulatorios aplicables a centrales eléctricas de generación distribuida – paneles solares