Se informa a todos los permisionarios, que el 18 de julio de 2017, la CRE aprobó a Pemex TRI el modelo de contrato de comercialización de gas licuado de petróleo mediante la RES/1520/2017, el cual puede consultarse en el siguiente link:

 

Es importante señalar, que la única modificación autorizada por la CRE respecto al modelo anterior, es la siguiente:

Modelo de Contrato

Anterior

Actual

DÉCIMA SEGUNDA.- VIGENCIA

El presente Contrato estará vigente a partir de la fecha en qué ambas partes lo hayan firmado, y hasta _______.

DÉCIMA SEGUNDA.- VIGENCIA

El presente Contrato estará vigente a partir de _______ y hasta _______.

 

TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente Contrato se genera el ____________ de _________, y empezará a surtir efectos una vez que sea firmado por las partes que en el intervengan.

 

TRIGÉSIMA TERCERA.-  LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

 “………”

El presente Contrato estará vigente a partir de _______ y hasta _______.

 

 

La resolución mediante la cual se aprobó dicha modificación, puede ser consultada en: http://organodegobierno.cre.gob.mx/resolucion.aspx?id=13999

En ese sentido, se considera pertinente reiterar que la CRE no establece obligación alguna respecto a una fecha límite para la suscripción de nuevos contratos.