El pasado 2 de marzo, la Conuee publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana (PROY-NOM-034-ENER/SE-2020), que se aplicará., por primera vez, a ventiladores de pared, pedestal, piso, mesa y de techo de uso general.

 

Cabe señalar que según la última Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares (ENCEVI), el 44% de las viviendas con energía eléctrica cuentan con un ventilador, por lo que se consideró necesario elaborar una regulación para determinar la eficacia energética mínima de estos equipos.

 

Este proyecto de norma fue elaborado, de manera conjunta, entre los Comités Consultivos Nacionales de Normalización de la Conuee y de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, y tiene el objetivo de establecer especificaciones de  eficacia energética mínima y requisitos de seguridad, que deben cumplir los ventiladores de techo, con o sin equipo de iluminación, y ventiladores de pared, pedestal, piso y de mesa, así como los métodos de prueba para verificar su cumplimiento, el etiquetado y el procedimiento para evaluar su conformidad.

 

Los usuarios finales de dichos ventiladores se verán beneficiados al contar el mercado con equipos eficientes, seguros, conservando la calidad y características eléctricas que requieren, además de obtener una reducción en su facturación eléctrica.

 

El proyecto de norma estará sometido a un periodo de consulta pública, por un periodo de 60 días naturales contados a partir del 2 de marzo.

 

Se considera que la regulación de estos productos mediante una Norma Oficial Mexicana contribuirá, en gran medida, a mantener la competencia efectiva del mercado nacional, estableciendo un nivel mínimo de eficacia energética de los mismos, sin limitar la libre competencia, al aplicarse, sin distinción, a todos los fabricantes, importadores y/o comercializadores, así como los que se distribuyan o suministren con fines promocionales.

 

En esta forma, se evita una competencia desleal y el engaño al usuario final del producto, se impide la comercialización de equipos ineficientes y, en consecuencia, se contribuye a la preservación de los recursos naturales. El mencionado proyecto de norma se justificó por tener beneficios superiores a los costos.

 

(Consulte aquí el PROY-NOM-034-ENER/SE-2020)