Conforme a lo dispuesto en el Artículo 100 de la Ley de Transición Energética, la Conuee pone a disposición de los Usuarios de Patrón de Alto Consumo (UPAC), el Sistema de Captura de Información, donde deberán registrar, de forma electrónica, los datos que reportan sobre las medidas implementadas de eficiencia energética y los resultados económicos y energéticos de dichas medidas, además de otra información general.

De esta manera, durante el periodo comprendido del 1 de marzo al 30 de junio de 2020, los UPAC deberán capturar en el Sistema, la información que hayan obtenido en el año 2019.

Es importante señalar que el pasado 25 de marzo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de Energía, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus (COVID-19).

De esta manera, se declaran como inhábiles y para todos los efectos legales, los días comprendidos en el periodo que inicia a partir del día de publicación del mencionado Acuerdo en el DOF, y hasta el 19 de abril de 2020.

Durante dicho periodo, las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas de la Secretaría de Energía, se entenderán realizadas hasta el 20 de abril de 2020.

Por lo anterior, el Sistema de Captura que continúa actualmente funcionando y “en línea”, se mantendrá en operación posterior a la fecha del 30 de junio de 2020 y hasta nuevo aviso, a efecto de coadyuvar en la prevención y combate de la pandemia del COVID-19 y que todos los UPAC cumplan con su trámite.

Cabe recordar que se consideran UPAC las personas físicas o morales que tengan instalaciones que cumplan con cualquiera de los criterios siguientes:

  1. Que su consumo anual de electricidad en el año calendario inmediato anterior haya superado cuarenta y cinco Gigawatts-hora, o

  2. Que su consumo anual de combustibles en el año calendario inmediato anterior haya superado cien mil barriles de petróleo crudo equivalente, excluyendo combustibles para el transporte.

Los UPAC registrarán ante la Conuee únicamente la información de las instalaciones que cumplan con los criterios anteriores.

Puedes contactarnos al correo electrónico: usuariosupac@conuee.gob.mx

Acceso al Sistema de Captura de Información: https://www.conuee.gob.mx/upacs/login/index