De acuerdo con lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC), que entró en vigor el pasado 31 de agosto, las Unidades de Inspección (antes Unidades de Verificación), realizan actos de inspección, es decir, llevan a cabo actividades de evaluación de la conformidad a través de la constatación ocular o comprobación, mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio o examen de documentos en un momento o tiempo determinado, a petición de la parte interesada, con la confianza de que los servicios que presta la empresa o persona de que se trate, son conducidos con competencia técnica, imparcialidad y confidencialidad.

 

Para asegurar el cumplimiento de las NOM de Eficiencia Energética (NOM-ENER) de sistemas, como son las normas de alumbrado, de edificios no residenciales (NOM-007-ENER-2014) y de vialidades (NOM-013-ENER-2013), así como de envolventes de edificios no residenciales (NOM-008-ENER-2001) y residenciales (NOM-020-ENER-2011), la Conuee se apoya en las citadas Unidades, las cuales tienen que cubrir un proceso de acreditación, que se realiza a través de una entidad de acreditación y posterior aprobación, en este caso, a cargo de la Conuee.

 

Para obtener la acreditación, las UI deben cumplir con los requisitos establecidos en la “NMX-EC-17020-IMNC-2014, Evaluación de la conformidad. Requisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de unidades (organismos) que realizan la verificación (inspección)”, que son del orden administrativo y técnico, dependiendo de la norma que pretendan evaluar, además de que tienen una opción de elegir entre tres Tipos de UI que se ajustan a sus necesidades: 

 

  • Tipo A. La UI y su personal no deben intervenir en el diseño, fabricación, suministro, instalación, compra, posesión, utilización o mantenimiento de los sistemas a inspeccionar y ser independiente de las partes involucradas.

 

  • Tipo B. La UI y su personal no deben intervenir en el diseño, fabricación, suministro, instalación, compra, posesión, utilización o mantenimiento de los sistemas inspeccionados y sólo prestará servicios de inspección a la organización de la que forma parte.

 

  • Tipo C.  La UI debe establecer salvaguardas dentro de su organización, para asegurar una adecuada segregación de las funciones y responsabilidades entre la inspección y las otras actividades que realiza. El diseño, fabricación, provisión, instalación, servicio, mantenimiento y la inspección del mismo sistema realizado por una UI Tipo C, no deben llevarse a cabo por la misma persona.

 

Con relación a la competencia técnica, la Conuee aplica un examen técnico de la NOM-ENER en la que se quieren acreditar las UI, y si este es satisfactorio y además cumplen con los requisitos antes mencionados, se les acredita.

 

Una vez obtenida la acreditación, las UI deberán presentar la solicitud de aprobación, utilizando los formatos que para dicho fin ha publicado esta Comisión, los cuales se pueden obtener en la siguiente liga: https://www.gob.mx/conuee/acciones-y-programas/formatos-de-aprobacion-para-evaluar-la-conformidad-de-nom-s-de-eficiencia-energetica-29042?state=published

 

Asimismo, y de acuerdo con las nuevas disposiciones de la LIC, la Unidad de Inspección deberá incluir la documentación siguiente:

 

I.       Las tarifas y precios que aplicará en la prestación de sus servicios, así como la metodología utilizada para determinarlos, bajo un procedimiento transparente basado en costos;

II.      La metodología que utilizará para llevar a cabo la Evaluación de la Conformidad acorde a Normas Oficiales Mexicanas, Estándares, Normas Internacionales, de Reglamentos Técnicos ahí referidos o de otras disposiciones legales. Cualquier cambio sustancial en esa metodología que difiera de las Normas señaladas, deberá ser presentado para su previa aprobación por parte de la Entidad de Acreditación que lo hubiera acreditado, quien dará vista a la Autoridad Normalizadora de que se trate, y

III.     Su plan de negocios para los siguientes doce meses, con la justificación respectiva; incluyendo, entre otros, una estimación de los servicios de Evaluación de la Conformidad que llevará a cabo y de la infraestructura que utilizará para ello.

 

Finalmente, a la fecha se cuenta con 215 Unidades de Inspección: 207 en la NOM-007-ENER-2014, 191 en la NOM-013-2013, (algunas UI en ambas NOM-ENER de sistemas de alumbrado), 8 en la NOM-008-ENER-2001 y 7 en laNOM-020-ENER-2011, disponibles en los diferentes Estados de la República. El listado completo se puede consultar en la siguiente liga: https://www.gob.mx/conuee/acciones-y-programas/unidades-de-verificacion-verificacion?state=published