El pasado 31 de agosto entró en vigor la Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC), la cual abroga la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización (LFMN), que se encontraba vigente desde 1992.  Esta nueva ley trae consigo cambios importantes para la normalización en México, entre los que destaca la actualización del procedimiento de elaboración y expedición de Normas Oficiales Mexicanas (NOM).

 

El procedimiento de normalización ahora inicia con la aceptación o presentación de la propuesta de Anteproyecto de NOM, la cual debe tener la estructura ya conocida de las normas vigentes y contener el procedimiento de evaluación de la conformidad, así como la estrategia para implementar la infraestructura para la evaluación de la conformidad aplicable, la propuesta de análisis de impacto regulatorio y las figuras que intervendrán para la verificación o vigilancia de su cumplimiento, etapa que no se contemplaba en la LFMN.

En este nuevo procedimiento resalta la formación de grupos de trabajo para el estudio y discusión del anteproyecto de NOM, labor que es práctica de la Conuee desde hace más de 20 años, con la finalidad de incluir a todos los interesados en el tema a normalizar.  Con esta acción se asegura la participación de los actores interesados y afectados, y permite la colaboración de los sectores privado, académico y público para la elaboración de normas de calidad.

Asimismo, se establece que los días 31 de octubre y 30 de mayo de cada año, se realizará la integración del Programa Nacional de la Infraestructura de la Calidad y de su Suplemento, respectivamente.

Es importante resaltar que también se prevé el  establecimiento de la Plataforma Tecnológica Integral para la Infraestructura de la Calidad, la cual tomará un papel clave, ya que en esta se publicarán los proyectos de NOM, se recibirán los comentarios durante la consulta pública y se notificará la respuesta a comentarios, así como la norma oficial mexicana definitiva; esto último, a la par de la publicación en el Diario Oficial de la Federación. Cabe precisar que en esta plataforma se publicará únicamente el aviso de publicación del proyecto de norma y el documento de la norma oficial mexicana definitiva.

Finalmente, en la LIC se fijan plazos específicos para el proceso de normalización: al menos, se tendrán 60 días naturales para la consulta pública, un máximo de 45 días naturales para ordenar la publicación de la norma definitiva en el DOF, después de obtener la aprobación definitiva del Comité de Normalización correspondiente, y se establece que el plazo para la entrada en vigor de las NOM debe ser, al menos, de 180 días naturales, después de su publicación.