El pasado 8 de marzo se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones de carácter general relativas a las sociedades autorizadas para operar modelos novedosos con el Sistema de Ahorro para el Retiro a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), y las Disposiciones de carácter general que regulan los programas de autocorrección.

México es el segundo país en Latinoamérica con mayor emprendimiento Fintech, solo después de Brasil [1]. Estos nuevos participantes del sistema financiero han cambiado la forma en cómo los usuarios interactúan con sus finanzas adaptándose a los cambios tecnológicos y la digitalización de los servicios.

En noviembre de 2018, la CONSAR realizó modificaciones a su regulación operativa [2] que permite a las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE), a través de la innovación tecnológica, implementar y diversificar mecanismos para brindar mejores servicios a sus clientes, buscar nuevos esquemas de autenticación biométrica, promover la inclusión financiera, el ahorro voluntario y la apertura de nuevas cuentas. Es relevante mencionar que, gracias a la digitalización del SAR, hoy en día es posible realizar ahorro voluntario en más de 12,500 establecimientos comerciales y 7 plataformas digitales incluyendo AforeMóvil, se cuenta con más de 13 millones de expedientes digitales biométricos, servicios 100% paperless y las AFORE están implementando esquemas digitales diversos para la apertura de nuevas cuentas.

Las disposiciones publicadas establecen lo siguiente:

Disposiciones de carácter general relativas a las sociedades autorizadas para operar modelos novedosos a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.

  • Determinan los criterios y condiciones a fin de otorgar la autorización temporal (Sandbox) para que, mediante Modelos Novedosos, se brinden servicios de las AFORE que requieran de una autorización, registro o concesión en términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Determinan la información necesaria a incluir en los reportes que las Sociedades Autorizadas deben elaborar y presentar a la CONSAR para operar con Modelos Novedosos.

  • Establecen las bases de organización y funcionamiento del registro público en que se darán a conocer las autorizaciones temporales que otorgue la CONSAR, así como las Anotaciones respecto a cada Sociedad Autorizada que opera un Modelo Novedoso.

Disposiciones de carácter general que regulan los programas de autocorrección.

  • Establecen la forma, términos y procedimientos que habrán de observar las personas sujetas a la supervisión de la Comisión respecto a los Programas de Autocorrección que presenten conforme a la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, la Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera o las demás disposiciones aplicables a las Entidades y personas sujetas a la supervisión de la CONSAR, cuyo incumplimiento corresponda sancionar a esta última.

Con estas disposiciones, la CONSAR busca impulsar, colaborar y hacer sinergias con los emprendedores Fintech mexicanos y extranjeros para buscar nuevos mecanismos tecnológicos y modelos novedosos que promuevan la educación previsional, los incentivos al ahorro para el retiro, la apertura de nuevas cuentas, el ahorro voluntario y demás servicios que ofrecen las AFORE, siempre en beneficio de los usuarios del SAR.

Si eres un emprendedor, startup o Fintech interesado en conocer más sobre estas disposiciones, manda un correo personal a la Vicepresidencia de Operaciones a la siguiente dirección de correo electrónico: molvera@consar.gob.mx