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  • CONSAR e Infonavit, en coordinación con la SHCP informan del procedimiento para la entrega a los trabajadores que obtengan una pensión por parte del IMSS a partir del 13 de enero del 2012 en adelante, de recursos de retiro y vivienda 97 
  • Con este mecanismo se simplifica el proceso para los trabajadores, evitándoles trámites innecesarios.
  • Infonavit o las AFOREs serán responsables de validar la información y solicitar el depósito de los recursos de retiro y vivienda en la cuenta bancaria del trabajador

Todos los trabajadores que tengan una resolución de pensión por parte del IMSS, de fecha 13 de enero de 2012 o posterior, podrán acudir indistintamente a la AFORE que les administra su cuenta individual o al Infonavit a solicitar la devolución de sus recursos acumulados en las subcuentas de retiro y vivienda.

La CONSAR y el Infonavit acordaron el mecanismo de operación e intercambio de información para hacer expedita la atención a los trabajadores que se pensionen en los términos previstos en la Ley del Seguro Social de 1973 a partir de la fecha señalada.

De acuerdo con proyecciones del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el presente año se pensionarán alrededor de 220 mil nuevos trabajadores bajo este régimen, quienes ya estarán en posibilidad de solicitar sus recursos ante el Infonavit o su AFORE.

Pedro Ordorica Leñero, presidente de la CONSAR, señaló que en el Sistema de Ahorro para el Retiro lo más importante es que los trabajadores ejerzan la propiedad de los recursos de la cuenta individual llegado el momento de la pensión.

“La cuenta individual fue creada justamente para el momento en el que el trabajador llega a la edad de pensión, por ello, es importante que se facilite la obtención de los recursos que son patrimonio individual de los trabajadores”, señaló.

Para Víctor Manuel Borrás Setién, director general del Infonavit, la prioridad es garantizar un proceso sencillo, ágil y transparente, que no implique para los trabajadores traslados innecesarios.

“Gracias al acuerdo entre el Infonavit y la CONSAR se amplían las opciones de contacto y atención al derechohabiente para la devolución de los recursos, garantizando que los nuevos pensionados reciban un servicio de excelencia. Por primera vez, el trabajador recibirá todos sus recursos en una sola exhibición directamente a su cuenta bancaria vía transferencia electrónica”, destacó.

El pasado 12 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de Reforma de la Ley de Infonavit; en éste, se establece que los trabajadores deben recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda a partir de julio de 1997, siendo responsabilidad de Infonavit la entrega de los mismos.

Antes de esta reforma, al momento de su jubilación los trabajadores recibían en una sola exhibición únicamente las aportaciones de vivienda realizadas por sus patrones entre mayo de 1992 y junio de 1997. El trámite lo debían realizar en las oficinas de su AFORE.

Ahora, además de las aportaciones antes mencionadas, al obtener una resolución de pensión se entregarán en una sola exhibición las aportaciones de vivienda acumuladas a partir del 1 de julio de 1997 que anteriormente eran canalizadas al Gobierno Federal para el pago de las pensiones.

La entrega de recursos la podrán solicitar presentando únicamente tres documentos:

  1. Identificación oficial,
  2. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave y
  3. Un estado de cuenta bancario que identifique la CLABE.

Con acciones como estas Infonavit y CONSAR garantizan los derechos de los trabajadores.