- Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
- Artículo 194 de la Ley del Seguro Social
- Artículo 93 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
- Tasas de referencia publicadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
Valores de la Unidad de Renta Vitalicia
Valores de la Unidad de Renta Vitalicia por edad y sexo, para el cálculo de Retiros Programados, calculados conforme a lo establecido en:

- Autor
- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
- Fecha de publicación
- 06 de enero de 2021
Imprime la página completa
La legalidad, veracidad y la calidad de la información es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.