1. ¿Qué requisitos debo cumplir?

Tener 65 años o más y no haber realizado el retiro de recursos.

2. ¿Qué datos debo proporcionar?

Número de Seguridad Social del IMSS (si cotizaste a este Instituto) o CURP (si cotizaste al ISSSTE), nombre completo, fecha de nacimiento, domicilio, teléfono fijo y/o celular y correo electrónico.

3. ¿Qué datos son indispensables para hacer mi pre-solicitud?

Debes contar con tu Número de Seguridad Social del IMSS o CURP (si cotizaste al ISSSTE), un teléfono fijo o celular y un correo electrónico.

4. ¿Qué pasa si no cuento con alguno de los datos necesarios para la captura de mi pre-solicitud?

En el caso del teléfono y correo electrónico puedes utilizar los de algún familiar o conocido en donde puedas ser localizado. En el caso de tu Número de Seguridad Social del IMSS, el mismo aparece en tus recibos de nómina o puedes contactar al IMSS (www.gob.mx/imss - tel. 01 800 623 23 23) para que te lo proporcione. Si realizas tu pre-solicitud a través del portal e-sar.com.mx, encontrarás una liga al portal del IMSS para consultar tu NSS. Si no conoces tu CURP puedes consultarla en www.renapo.gob.mx. Te recomendamos llamar a SARTEL en cuanto cuentes con el dato.

5. ¿Qué pasa si no he cumplido los 65 años de edad?

Tu pre-solicitud puede ser capturada únicamente si ya tienes cumplidos los 65 años. Te recomendamos contactar a tu AFORE para obtener mayor información sobre tu cuenta individual y los trámites que puedes realizar. Si quieres saber en qué AFORE estás puedes llamar a SARTEL o ingresar www.e-sar.com.mx.  

6. ¿Cuáles son los trabajadores que no pueden aplicar para este programa?

Los trabajadores que no tengan cumplidos al menos 65 años de edad.

En el caso de que hayan cotizado al IMSS:

  • Aquellos que hayan dejado de cotizar al IMSS antes del 1 de mayo de 1992.
  • Los trabajadores que ya están pensionados y que ya se le entregaron sus recursos.
  • Los trabajadores que cuentan con una Negativa de Pensión emitida por el IMSS y que ya retiraron sus recursos.

En el caso de que hayan cotizado al ISSSTE:

  • Aquellos que hayan dejado de cotizar al ISSSTE antes del 1 de mayo de 1992.
  • Los trabajadores que ya están pensionados y que ya se le entregaron sus recursos.
  • Los trabajadores que cuentan con una Negativa de Pensión emitida por el ISSSTE y que ya retiraron sus recursos.

7. ¿Qué pasa si tengo derecho a pensión y retiro de recursos por tener entre 60 y 64 años?

A través de este servicio únicamente se puede realizar el levantamiento de las pre-solicitudes de retiro de recursos de aquellos trabajadores que cuenten con 65 años o más. Te recomendamos acercarte a tu AFORE para que, de acuerdo a tu caso particular, te oriente sobre las opciones de retiro con las que cuentas.

8. Al realizar la captura de mi nombre se me indica que no coincide con el registrado en la base de datos.

Si no coinciden tus datos te recomendamos verificar la información que estás proporcionando. En caso de que sea correcta, deberás acudir directamente a tu AFORE para validarla y, de ser necesario, tramita una corrección de datos.

9. Al realizar la captura de mi Número de Seguridad Social se me indica que no existe una cuenta individual.

Verifica tu NSS. Debe contar con 11 dígitos. Puedes acudir al IMSS a certificarlo. Te recomendamos también revisar los periodos en los que cotizaste al IMSS, ya que los trabajadores con cuenta AFORE cotizaron a partir del 1 de julio de 1997. Si tienes dudas sobre un periodo de cotización anterior, pídele a un asesor de SARTEL que te oriente.

10. Mi nombre sólo tiene un apellido.

En el sistema podremos capturar tu nombre y apellido paterno dejando en blanco el apellido materno. Recuerda que debe coincidir con lo que está registrado en tu AFORE.

11. Mi nombre tiene caracteres especiales.

En el sistema podremos capturar tu nombre sin problema. Recuerda que debe coincidir con lo que está registrado en tu AFORE.

12. Qué pasa si se presentan fallas técnicas al momento de que se está levantando mi pre-solicitud.

Deberás realizar un intento más tarde e iniciar nuevamente el proceso, una vez restablecido el servicio.

13. Yo no coticé para el IMSS sino para el ISSSTE.

En SARTEL te ayudaremos a conocer los pasos a seguir para el retiro de tus recursos, para lo cual debes:  

  • Llamar a SARTEL y digitar la opción 1 del menú.
  • Digitar la opción 2 del submenú (trabajador que cotizó al ISSSTE)
  • Proporcionar tu CURP a un asesor. Ahí te daremos la orientación correspondiente de acuerdo a tu caso particular.

14. Yo coticé para el IMSS y el ISSSTE.

Ingresa tu pre-solicitud de retiro con tu NSS del IMSS para recibir atención en el proceso de disposición de recursos de ambos institutos.

15. No soy el titular de la cuenta pero deseo llamar.

Es indispensable que el titular de la cuenta individual sea quien se comunique, por lo que se recomienda dar aviso al trabajador a fin de que se ponga en contacto. El interesado puede llamar a SARTEL y recibir asesoría en la opción 3.

16. No soy el titular de la cuenta pero deseo apoyar a un familiar.

Procederá la captura de la pre-solicitud de retiro pero es muy importante que se considere que en algún momento será necesario que el titular de la cuenta acuda a la sucursal de la AFORE, donde se validará su identidad.

17. No soy el titular de la cuenta pero el trabajador ya falleció.

El servicio de pre-captura de solicitudes de retiro se encuentra disponible únicamente para los titulares de las cuentas. En caso de ser beneficiario te recomendamos ponerte en contacto con la AFORE para recibir información sobre la cuenta individual. En SARTEL podemos proporcionarte asesoría sobre los trámites que tendrían que realizar los beneficiarios.

18. Al hacer mi pre- solicitud se indica que la cuenta está Registrada.

Quiere decir que tu cuenta individual ya está registrada en una AFORE y sólo debes completar el proceso proporcionando tu domicilio, teléfonos y correo electrónico, para posteriormente recibir un correo electrónico con el folio de tu pre-solicitud de retiro y continuar el trámite con tu AFORE, una vez que ésta se ponga en contacto contigo.

19. Al hacer mi pre-solicitud se indica que la cuenta no está Registrada.

Quiere decir que tu cuenta individual NO está registrada en una AFORE. Para continuar con tu pre-solicitud de retiro debes elegir la AFORE en la que te quieres registrar, ya que es indispensable que estés registrado para continuar con el trámite. Al concluirlo recibirás un correo electrónico con el folio de tu pre-solicitud de retiro.

20. Me indican que mi cuenta NO está registrada y no sé qué AFORE elegir.

Cualquier AFORE puede llevar a cabo el trámite y todas son autorizadas y supervisadas por la CONSAR. Para elegir, considera la cercanía de la sucursal de la AFORE a tu domicilio.

21. ¿Cuánto tiempo tarda en llegar el correo con el folio confirmándome la captura de mi pre- solicitud?

El correo llega de inmediato. Es importante que revises tu bandeja de entrada así como la bandeja de mansajes no deseados.

22. ¿Qué pasa si no me llega el correo electrónico con el folio del trámite?

Te recomendamos primero revisar tu bandeja de correos no deseados y, en caso de que no haya llegado el correo, puedes realizar nuevamente la solicitud. Aun cuando no recibas un correo, si el trámite fue exitoso, la AFORE te estará contactando.

23. ¿En cuánto tiempo me contactará la AFORE?

En un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores a la fecha en que hayas realizado tu pre-solicitud.

24. ¿Qué pasa si la AFORE no me ha contactado en el plazo de 5 días?

Te recomendamos verificar la cuenta de correo electrónico que proporcionaste, ya que también es un medio por el cual la AFORE te puede contactar. También debes revisar tu bandeja de correos no deseados. En caso de que tampoco hayas recibido un correo, puedes comunicarte directamente con la AFORE o llamar a SARTEL para reportar tu caso.

25. No pude realizar el trámite de recuperación de mis recursos porque mi cuenta tiene una marca. ¿Qué puedo hacer?

Antes de realizar cualquier trámite relacionado con la cuenta individual, incluido el de la recuperación y retiro de recursos, debe concluir cualquier trámite o proceso operativo abierto en la cuenta AFORE. En este caso la AFORE te indicará los pasos a seguir y el tiempo aproximado de conclusión.

26. ¿Qué recursos podré retirar?

Dependerá de las características particulares de tu caso:

IMSS:

Ley 73

  • Si tienes una pensión podrás retirar los montos que se ubiquen en las subcuentas de Retiro 97, Vivienda 97, SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92.
  • Si tienes una Negativa de Pensión podrás disponer de las subcuentas de Retiro 97, Cesantía en edad avanzada y Vejez, Vivienda 97, SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92.
  • Si sólo cuentas con 65 años podrás retirar SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92.

Cuentas Individuales

  • Si tienes una Pensión podrás retirar los montos que se ubiquen en las subcuentas de SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92.
  • Si tienes una Negativa de Pensión podrás disponer de las subcuentas de Retiro 97, Cesantía en edad avanzada y Vejez, Vivienda 97, SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92.
  • Si sólo cuentas con 65 años podrás retirar SAR IMSS 92y SAR INFONAVIT 92.

ISSSTE:

Décimo Transitorio

  • Si tienes una Pensión o 65 años de edad podrás retirar los montos que se ubiquen en las subcuentas de Retiro ISSSTE y Vivienda FOVISSSTE.

Cuentas Individuales

  • Si tienes una Pensión podrás retirar los montos que se ubiquen en las subcuentas de SAR ISSSTE 92 y SAR FOVISSSTE 92.
  • Si tienes una Negativa de Pensión podrás disponer de las subcuentas de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez, FOVISSSTE 2008, SAR ISSSTE 92, SAR FOVISSSTE 92 y Ahorro Solidario (en caso de contar con él)
  • Si sólo cuentas con 65 años podrás retirar SAR ISSSTE 92 y SAR FOVISSSTE 92.

27. ¿En cuánto tiempo me van a entregar los recursos?

La entrega de los recursos dependerá de los trámites previos que, de ser el caso, tuvieses que realizar. Sin embargo, una vez firmada la solicitud de retiro ante la AFORE, los recursos deben entregarse en un máximo de seis días hábiles.

28. ¿Cuáles son los montos exactos que podré retirar?

Tu AFORE te confirmará esa información ya que es la única que tiene acceso a los saldos de tu cuenta individual.

29. En caso de que la Pre-solicitud de retiro sea aceptada, ¿significa que un trabajador tiene recursos de SAR o de AFORE pendientes por retirar?

No necesariamente. El trámite de pre-solicitud de retiro de 65 y más permite a los trabajadores ponerse en contacto con su AFORE o registrarse en una con el objetivo de que se analice su caso particular y determinar si existen recursos pendientes por recuperar o retirar. En este caso, la información sobre los recursos pendientes por recuperar debe ser proporcionada por la AFORE que recibe la pre-solicitud, quien deberá informar a cada trabajador sobre su caso en particular.

30. ¿Qué documentos necesito llevar a la AFORE el día de mi cita?

Debes llevar lo siguiente:

  • Identificación oficial.
  • Resolución de pensión o negativa de pensión (en su caso).
  • Estado de cuenta bancario con número de cuenta CLABE (opcional).
  • Si vas a retirar recursos del SAR 92 al amparo de tu edad (65 años) es indispensable que lleves tu acta de nacimiento.
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses.

Cuando la AFORE se ponga en contacto contigo te informará qué otro documento debes llevar el día de que acudas a la sucursal para continuar con tu trámite.

31. Si también coticé al IMSS entre 1992 y 1997, pero no sé dónde están esos recursos, ¿qué debo hacer?

Tu AFORE te ayudará a realizar el trámite de recuperación del SAR 92. Es necesario que cuentes con algún comprobante del banco que administró esos recursos en aquella época.

32. ¿Si tengo 65 años pero no tengo cuenta AFORE y coticé en el SAR del 92 al 97?

Deberás solicitar a una AFORE el registro de tu cuenta individual y la unificación de éstos recursos. Una vez que hayan sido unificados, la AFORE te indicará el proceso para el retiro de los mismos.

33. ¿Dónde puedo obtener un documento del banco que administró mis recursos en el periodo del SAR para poder unificarlos en mi AFORE y retirarlos posteriormente

La primera recomendación es realizar una búsqueda detallada dentro de su documentación personal o bien, acudir al área de recursos humanos de la empresa o Dependencia donde laboró en ese periodo para que, de ser posible, le sea proporcionado algún comprobante de SAR, ya que esas cuentas dejaron de ser administradas por los bancos en 2002 y actualmente no están obligados a emitirlos.

Para poder unificar los recursos de SAR 92 a una cuenta AFORE, es indispensable que el titular presente algún comprobante o estado de cuenta de esas aportaciones, ya que de lo contrario, la AFORE no tiene la información suficiente para iniciar las gestiones necesarias para la identificación y recuperación de dichos montos.

34. ¿Qué pasa si coticé al SAR del 92 al 97, pero no tengo comprobantes de aportaciones ni estados de cuenta bancarios de ese periodo?

Las AFORE y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional del SAR deben sujetarse a los lineamientos y procedimientos establecidos por los Institutos de Seguridad Social para la unificación y retiro de los recursos correspondientes al periodo de SAR 92, comprendido entre el tercer bimestre de 1992 y el tercer bimestre de 1997.

35. Si coticé cierto número de años al IMSS y tengo más de 65 años, ¿por qué no tengo recursos? (Trabajadores que cotizaron antes de 1992)

Es importante mencionar que el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) comenzó a operar a partir de mayo de 1992. Antes de este periodo, los trabajadores no acumulaban recursos en una cuenta individual a su nombre, sino únicamente derechos ante el IMSS o el ISSSTE.

36. Si coticé, pero vivo en el extranjero y ya tengo más de 65 años, ¿Qué debo hacer?

Los trabajadores que vivan en Estados Unidos podrán llamar a SARTEL EUA (1-844-582-4933) para recibir información sobre los trámites a realizar, donde podrán ser transferidos de forma gratuita al teléfono de su AFORE. Es importante mencionar que para el trámite de retiro de recursos es necesario que el titular de la cuenta acuda a la sucursal de la AFORE, donde se validará su identidad, o bien, puede realizar el trámite a través de un poder notarial con el que otorgue facultades a un familiar o una persona de su confianza para que tramite a su nombre la disposición de recursos en México.

37. Cuando un trabajador dispone de sus recursos con el programa de 65 y más ¿Hay alguna retención de impuestos?

Depende del caso en particular. La Ley del Impuesto Sobre la Renta es la que establece la obligatoriedad de que las AFORE retengan el impuesto correspondiente al ingreso adicional o por el rendimiento generado derivado de la inversión de los recursos. Lo recomendable es que el trabajador solicite asesoría directamente en la AFORE que administra su cuenta individual o bien, en alguna oficina del Servicio de Administración Tributaria.

38. Si la AFORE con la que retiré los recursos ya no existe ¿con quién me puedo acercar para verificar si me entregaron todo lo que me correspondía?

Te recomendamos llamar a SARTEL (01 55 13-28-5000) , donde te indicarán en qué AFORE se encuentra tu cuenta actualmente y posteriormente acudir a esa AFORE a solicitar información

39. La presentación de este programa de recuperación de recursos se ha realizado en fechas recientes en el Estado de México y en Coahuila, estados que realizarán procesos electorales este año ¿es un acto de proselitismo?

Este programa se lanzó a nivel nacional y se seguirá presentando en otros estados, toda vez que su único objetivo es beneficiar a los trabajadores que tienen derecho a realizar el retiro de recursos de su cuenta AFORE.

40. ¿Por qué el interés del Gobierno de la República por devolver recursos?

Lejos de un interés, es un compromiso que el Gobierno Federal ha venido impulsando desde hace tiempo con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los mexicanos que cotizaron al IMSS o al ISSSTE desde 1992 y quienes generaron un ahorro que al paso del tiempo, por alguna razón, no han reclamado. Es nuestro deber explicarles que tienen derecho de recuperar su ahorro si tienen 65 o más años de edad. Este programa es un recordatorio para la población que con su esfuerzo y trabajo ha logrado consolidar un ahorro que por ley les corresponde.

41. ¿Por qué no se entrega el promedio de $25,000 del que habló el Presidente?

El monto acumulado por cada trabajador dependerá del tiempo y el salario con el que cotizó.
 

El Trabajador que desee realizar una pre-solicitud de retiro podrá hacerlo llamando a SARTEL (al 01 55 13 28 50 00) y deberá proporcionarle sus datos personales a un asesor, quien los capturará en un sistema para generar su pre-solicitud. La AFORE se pondrá en contacto con el Trabajador a más tardar en 5 días hábiles posteriores a que suscriba la pre-solicitud para continuar con el trámite de retiro en una de sus sucursales.