Como parte de la Estrategia de Educación Financiera emprendida por la CONSAR desde 2013, hoy se publica una nueva sección en la página de internet denominada Todo sobre el retiro de recursos del SAR .

Se trata de una nueva sección del portal de CONSAR que, por primera vez, concentra toda la información sobre los diferentes tipos de retiro que existen en el sistema de pensiones, con la finalidad de que los trabajadores realicen trámites en la AFORE de manera ágil y sin pérdida de tiempo. Durante 2016, alrededor de 1.6 millones de ahorradores realizaron un trámite de retiro.

La nueva sección orienta paso a paso a los trabajadores a través de una navegación sencilla y amigable, y responde a las inquietudes más comunes de los trabajadores en torno al tema, tales como: 1) ¿Qué requisitos necesito para retirar los recursos? 2) ¿Qué documentos son requeridos? y 3) Los pasos para retirar los recursos.

Existen cinco tipos de retiro de dinero en el sistema de pensiones:

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  1. Retiros totales: la sección presenta la información de cuándo el trabajador puede disponer de todos los recursos de su cuenta AFORE en forma de pensión o en una sola exhibición, así como los requisitos que debe cumplir y las diferentes opciones para hacerlo dependiendo del instituto de Seguridad Social al que cotice. También se muestra información sobre la Pensión Garantizada, la “Negativa de pensión”, la Renta Vitalicia y el Retiro Programado.
     
  2. Retiro de recursos 65 y más: se proporcionan los pasos a seguir para que las personas mayores de 65 años o más que ahorraron recursos en una cuenta individual desde 1992 recuperen su ahorro para el retiro.
     
  3. Retiros parciales: explica a detalle cómo disponer de una parte de los recursos de la cuenta AFORE ya sea por desempleo o por matrimonio.
     
  4. Retiro de Ahorro Voluntario: dirigido a los trabajadores que han realizado Ahorro Voluntario en su cuenta AFORE y desean retirar sus recursos.
     
  5. Retiro por Beneficiarios: se informa a los beneficiarios de un trabajador(a) fallecido(a) los requisitos y los tipos de beneficiarios (legales o sustitutos) que tienen derecho a reclamar los recursos, así como quiénes son las autoridades competentes para ayudarlos en el trámite en caso de que no se les designe como beneficiarios legales.

Para consultar la sección el trabajador deberá seguir tres sencillos pasos:

1)  Elegir el instituto de Seguridad Social al que cotiza actualmente o cotizó durante su vida laboral (IMSS o ISSTE),
2)  Elegir el régimen de pensiones al que pertenece:

- Para el IMSS

  • Ley del Seguro Social 1973.
  • Ley del Seguro Social 1997.

    - Para el ISSSTE
     
  • Ley del ISSSTE  Régimen anterior modificado (Décimo Transitorio).
  • Ley del ISSSTE  Nuevo régimen cuentas individuales en una AFORE.

3)  El tipo de información que desea consultar.

A esta nueva sección se suman las tres lanzadas previamente por CONSAR sobre temas primordiales del sistema de pensiones:

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