Después de la etapa de luto y del papeleo, hay trámites que no debes dejar pasar, pero, ¿te has preguntado qué pasa con las cuentas bancarias de la persona que falleció?

¿A dónde se van?

En realidad no existe un procedimiento sistemático para que la institución financiera sepa del fallecimiento de sus clientes, sin embargo, si no hay ningún movimiento después de seis años, los recursos de las cuentas bancarias pasan a la beneficencia pública.

Recuperación de cuentas bancarias (ahorro, inversión o cheques)

En la CONDUSEF tenemos un sistema de consulta que ofrece información a quienes tengan la duda de ser beneficiarios de alguna cuenta de cheques, ahorro o inversión de un usuario fallecido.

Se investiga y verifica, a través de las instituciones bancarias afiliadas a la Asociación de Bancos de México (ABM), la presunción como beneficiario y obtienes una respuesta en un plazo no mayor a 60 días naturales a partir de la fecha de la consulta.

Acude a la subdelegación de la CONDUSEF más cercana, y elabora la Solicitud de Beneficiarios de Cuentas de Depósito, presentando:

· Una copia del acta de defunción del fallecido.

· Una identificación oficial vigente (INE, pasaporte certificado de matrícula consular).

Cabe señalar que en caso de obtenerse una respuesta positiva a la localización de la información, el expediente se turnará a la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) de la Institución, la cual se encargará de darle seguimiento a este proceso. 

 

Para más información y si deseas llenar tu solicitud visita: https://www.gob.mx/tramites/ficha/informacion-sobre-asegurados-y-beneficiarios-de-seguros-de-vida-siab-vida/CONDUSEF5012

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