Mayo y junio son dos meses donde los trabajadores se ven beneficiados con un ingreso extra, pues en estas fechas, las empresas reparten las llamadas “utilidades”. Debes saber que es un derecho constitucional de los trabajadores recibir una parte de las ganancias generadas por las empresas donde laboran.

¿Cuándo deben pagarse las utilidades?

Las personas morales (empresas) deben pagarlas del 1 de abril al 30 de mayo y hasta el 29 de junio si se trata de personas físicas (patrón). Para poder cobrar las utilidades se cuenta con un plazo de un año a partir de que la empresa realizó su declaración anual.

¿Ya sabes qué vas a hacer con ese ingreso extra?

En la CONDUSEF, queremos darte opciones para que hagas un buen uso de tus utilidades:

Utilízalas responsablemente. Si tienes deudas, te pueden servir para abonar a esas cuentas o pagarlas por completo; es aconsejable que si tienes varias deudas apliques la mayor cantidad de dinero a aquella que te esté generando un mayor interés, de manera que el adeudo que te quede, tenga el menor impacto posible en tus finanzas.

Inviértelo. Si no tienes deudas, puedes invertirlo en instrumentos como los que ofrecen las Sociedades de Inversión o también, en opciones gubernamentales que te brinden rendimientos y no representen alto riesgo, como los CETES.

¡PIENSA EN TU BOLSILLO Y UTILIZA ESTE INGRESO A TU FAVOR!

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