Con el fin de prevenir la violencia política por razones de género ejercida hacia las mujeres y la población LGBTTTI en los comicios electorales de 2018, la Secretaría de Desarrollo Social, a través del Instituto de Desarrollo Social (Indesol), presentó la Guía para la atención de la violencia política por razones de género en la CDMX.
 

El documento ofrece información indispensable para comprender las rutas de actuación y las autoridades encargadas de brindar atención a todas aquellas personas que contendrán a puestos de elección popular, con lo que se busca facilitar y aprovechar los mecanismos existentes para que las personas candidatas ejerzan su derecho a una participación política libre de violencia, en beneficio de ellas y de la democracia capitalina.

La Guía concentra información de las diversas instituciones encargadas de atender esta problemática.  

Identificar la violencia política, el primer paso

A pesar de que aún la violencia política contra las mujeres no está tipificada como un delito, la Ciudad de México cuenta con una Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, reformada en 2017 para actualizar el tipo de violencia política en razón de género y la modalidad mediática. Conforme lo establecido en el artículo 7 de dicha ley, se entiende por violencia política en razón de género:

“Toda acción u omisión ejercida en contra de una mujer, en el ámbito político o público, que tenga por objeto o resultado sesgar, condicionar, impedir, restringir, suspender, menoscabar, anular, obstaculizar, excluir o afectar el reconocimiento, acceso, goce o ejercicio de los derechos político electorales de una mujer, así como el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o función en el poder público”.

Sin embargo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ha señalado que la “normalización” de la violencia política contra las mujeres impide identificarla adecuadamente y se minimiza “la gravedad de los hechos y sus consecuencias. Además, legitima la ‘extrañeza’ y el ‘reclamo’ hacia las mujeres que la denuncian, poniendo en riesgo sus aspiraciones políticas e, incluso, su integridad física y psicológica [sustentado] en la premisa de que ‘si las mujeres querían incursionar en el ámbito público, tendrían que ajustarse a las reglas del juego’”.

Violencia política contra la población LGBTTTI y mujeres indígenas

Atendiendo la diversidad que caracteriza a nuestro país, y específicamente a la Ciudad de México, la guía incluye un apartado que hace énfasis en la protección de los derechos de la población LGBTTTI, la cual está doblemente expuesta a los distintos tipos de violencia, como lo refieren los Principios de Yogyakarta, que señalan que la violencia basada en la orientación sexual y la identidad de género, reales o percibidas, constituyen “un patrón global y arraigado que es motivo de seria preocupación”.

Algunas de las violencias a las que está expuesta esta población incluyen asesinatos extrajudiciales, la tortura y los malos tratos, las agresiones sexuales y las violaciones, las injerencias en la privacidad, las detenciones arbitrarias, aunado a una grave discriminación en el goce de otros derechos humanos.

Otra población especialmente vulnerable, y a la que también se refiere la guía, son las mujeres indígenas, ya que éstas viven en comunidades regidas por sistemas normativos internos y en condiciones particulares de desigualdad, marginación, pobreza, discriminación y vulneración de sus derechos. 

¿A dónde acudir para denunciar violencia política?

En la Ciudad de México, las autoridades responsables de atender las denuncias en la materia son el Tribunal Electoral de la Ciudad de México y el Instituto Electoral de la Ciudad de México. Cuando la violencia haya escalado al ámbito penal, la instancia correspondiente es la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, en concreto la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Asuntos Especiales y Electorales, la cual brinda atención a la población las 24 horas del día, los 365 días del año.

Las denuncias pueden hacerse mediante comparecencia, de manera escrita, o a través de un Módulo de Atención a los teléfonos: 5346-8662 y 5346-8998, así como al correo electrónico delitoselectorales@pgjdf.gob.mx y la página de internet www.pgj.cdmx.gob.mx.

Otra vía de atención son los Centros de Justicia para las Mujeres en la Ciudad de México, los cuales brindan atención integral a mujeres que viven cualquier tipo de violencia, brindando además de atención jurídica y medidas de protección, servicios de salud y atención psicológica gratuita.


Una democracia incluyente y representativa

En el México de hoy, el reconocimiento de las mujeres y de la comunidad LGBTTTI como titulares de derechos humanos, y en especial de los derechos político-electorales, es un paso importante en la consolidación de una democracia incluyente y representativa.

En una sociedad democrática y participativa, resulta indispensable tener en cuenta la evolución y desarrollo de la representación de las mujeres y de la comunidad LGBTTTI en los procesos de adopción de decisiones políticas que les atañen.

Si bien aún falta un largo camino por recorrer, esta guía representa un instrumento importante a favor de la democracia y la erradicación de la violencia política en razón de género. Para consultar y descargar la guía completa, da clic aquí.