El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos se comprometió, el 1o  de diciembre de 2017  -al ratificar que  los salarios mínimos fijados a partir del 1o de diciembre de ese año continuarían en vigor en 2018-, a revisar el salario mínimo general en el primer cuatrimestre del presente año, siempre que existieran condiciones económicas que lo justificaran, mediante el instrumento del Monto Independiente de Recuperación (MIR) y previo cumplimiento de lo establecido en el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo, en lo que corresponde a la Revisión Salarial.

El día de hoy, el Consejo de Representantes, después de analizar la situación económica del país y apreciar que existe un relativo balance favorable, consideró prudente tener la oportunidad de revisar los resultados económicos completos del primer cuatrimestre del año y las expectativas para los meses de mayo a diciembre, a fin de decidir lo procedente, tomando en cuenta los posibles efectos de los riesgos previsibles para el crecimiento de la economía, la inflación, el tipo de cambio, la inversión productiva, el empleo para trabajadores que perciben un salario mínimo, el cierre de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, los efectos del proceso de regularización  de la política monetaria  y de la reciente Reforma Tributaria en los Estados Unidos de América.

Está vigente el compromiso del Consejo de Representantes y próximamente resolverá lo procedente.

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