El acceso al aborto legal y seguro es parte esencial de los servicios de salud reproductiva a los que tienen derecho las mujeres y personas gestantes. El acceso al aborto legal y seguro se fundamenta en los derechos a la vida; la salud, incluida la salud reproductiva; la integridad física; la vida privada; la no discriminación y la autonomía reproductiva de las mujeres. Estos derechos se encuentran reconocidos tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en los tratados internacionales en materia de derechos humanos (GIRE, 2021).
De acuerdo con el “Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México” emitido por el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva (CNEGSR), la ILE es aquella interrupción del embarazo que se realiza a simple demanda de la mujer en el periodo comprendido entre el momento de la implantación y las 12 semanas completas de gestación.
Sin embargo, el reconocimiento de la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en México ha sido el logro perseguido durante décadas por colectivos feministas y partidos políticos.
De 2007 a la fecha, dieciocho entidades de México (Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo, Coahuila, Aguascalientes, Jalisco, Puebla, Michoacán, Zacatecas, Estado de México y Chiapas) han reconocido la interrupción legal del embarazo entre 12 y 13 semanas de gestación; además en tres entidades (Nayarit, Yucatán y Morelos) se está en espera de que se elimine el delito del aborto en su código penal.
También es preciso mencionar que en septiembre de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la criminalización del aborto ya que obstaculiza el derecho de las mujeres a decidir. Con esta resolución, todas las mujeres podrán acceder a servicios de aborto en instituciones federales de salud, por lo que instituciones como IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución federal deberá prestar el servicio a cualquier mujer que lo solicite. Además, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud (GIRE, 2023).
Con esto se reconoce el derecho de las mujeres a decidir libremente sobre su cuerpo y sexualidad y el derecho de la libertad reproductiva, sin importar los motivos que las lleven a tomar esa decisión, siempre y cuando no exista coacción.
El servicio de la ILE debe contar con las condiciones higiénicas necesarias, la tecnología y los métodos adecuados para realizarse por personal médico y de enfermería capacitado. Cada mujer que solicite el servicio debe recibir información sobre los procedimientos que se utilizan, sus riesgos y consecuencias con el propósito de que, mediante consentimiento informado, tome de manera libre y responsable la decisión de interrumpir su embarazo.
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Fuentes de Consulta
- CNEGSR. (2021). Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México. Secretaría de Salud. México. https://goo.su/S3Xj
- GIRE. (2021). Aborto legal y seguro. Capítulo 1. https://goo.su/9dAaUP
- GIRE A.C. (2023). Corte despenaliza el aborto a nivel federal. https://goo.su/wnozk8