● Las medidas se establecieron con base en la opinión técnica del IMIPAS, lo que permite promover el aprovechamiento responsable y sostenible de los recursos acuáticos
● La inspección y vigilancia estará a cargo de la AGRICULTURA, por conducto de la Conapesca y de la Secretaría de Marina
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRICULTURA), a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), informa los periodos de veda y de aprovechamiento comercial de especies marinas y dulceacuícolas que iniciarán a partir de abril en 15 estados de la República.
Las medidas se establecieron con base en la opinión técnica del Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), lo que permite promover el aprovechamiento responsable y sostenible de los recursos de la flora y fauna acuáticos.
Lo anterior permite ordenar las actividades de las personas que intervienen en ella y, al mismo tiempo, establecer las condiciones en que deberán realizarse las operaciones pesqueras.
Los periodos de veda son los siguientes:
● Desde las 00:00 horas del 1 de abril y hasta las 24:00 horas del 31 de julio, se prohíbe la extracción de callo de hacha (Pinna rugosa y Atrina maura) en aguas marinas de jurisdicción federal de la Bahía Magdalena-Almejas, en Baja California.
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