Aviso para realizar filmaciones, la captura de imágenes o sonidos por cualquier medio, con fines científicos en ANP. Trámite CNANP-00-010

En caso de que se deseé realizar actividades de filmación, fotografía, la captura de imágenes o sonidos por cualquier medio, con fines científicos, culturales o educativos, que requieran de equipos compuestos en Áreas Naturales Protegidas.

Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas | 29 de septiembre de 2017

Más información. 

  1. ¿Qué es un trámite?

     Es el procedimiento legal que se sigue para efectos de obtener alguna autorización, concesión, permiso o alguna respuesta en general por parte de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP).      

       2.¿Dónde realizo el trámite?

    En cualquier Dirección Regional o Dirección de Área Natural Protegida de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a nivel nacional en un horario de: lunes a viernes de 9:00 a 18:00 pm.

      3. ¿Qué efecto tendría no hacer este trámite?

Se pone en riesgo al control de las actividades comerciales que se realizan dentro del área natural protegida de que se trate, pudiendo ocasionar daños a los recursos naturales y existentes. Los promoventes no podrían desarrollar actividades comerciales dentro de una Área Natural Protegida, toda vez, que la Procuraduría federal de protección al ambiente verifica e inspecciona que las mismas se realicen conforme al derecho.

      4. ¿Existe un límite de personas que apoyen a la actividad?

     No, no existe un límite.

      5. ¿En qué periodo se puede presentar el trámite?

    El trámite tiene un periodo de presentación de todo el año.

 

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