Conforme a lo establecido en los artículos 31 al 37 de la Ley General de Mejora Regulatoria, el Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria (Observatorio) es una instancia de participación ciudadana, cuya finalidad es coadyuvar al cumplimento de los objetivos de la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria. Para lograrlo, este tendrá entre sus principales funciones:

  1. Proponer mecanismos de articulación entre los sectores público, social, privado y académico para el fortalecimiento de la política de mejora regulatoria;
  2. Opinar y realizar propuestas en el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria;
  3. Proponer metodologías e indicadores para la implementación y seguimiento de la política de mejora regulatoria; y
  4. Dar seguimiento a la operación del Sistema Nacional de Mejora Regulatoria, entre otras.

De esta forma, el Observatorio será el órgano de representación de los sectores social y privado en el máximo órgano de deliberación y dirección de la política de mejora regulatoria de la nación: el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria. Asimismo, será el órgano de articulación ciudadana para el diseño, implementación y evaluación de esta política.

Para lograr lo anterior, es fundamental la conformación del Observatorio de acuerdo con los más altos principios de representación ciudadana, en aras de impulsar una política de mejora regulatoria que promueva siempre al ciudadano como centro de la gestión gubernamental. Para ello las características y requisitos que deberán cumplir los interesados en formar parte del Observatorio son los siguientes:

  • Ser ciudadano mexicano;
  • No ocupar durante el tiempo de su gestión como miembro del Observatorio, un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en los gobiernos federal, local, municipal o de las alcaldías, ni cualquier otro empleo que les impida el libre ejercicio de sus actividades en el Observatorio, salvo los casos de empleos, cargos o comisiones en instituciones académicas o de investigación científica;
  • Comprometerse a durar en su encargo cinco años, con posibilidad de reelección por un periodo más;
  • No tener relación laboral alguna por virtud de su encargo con ninguna de las personas o entidades que integran el Sistema Nacional;
  • No encontrarse en una condición de conflicto de interés, y
  • Acudir presencialmente el próximo 19 de agosto de 2019 al Consejo Nacional de Mejora Regulatoria.

El Observatorio contará con un Presidente que será nombrado por los integrantes del mismo, por mayoría de votos, el cual durará en su encargo dos años con posibilidad de reelección. Conforme lo dispuesto en la Ley General, el Presidente tendrá voz y voto en el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria.

Todos los interesados en participar en el Observatorio deberán enviar un oficio de intención dirigido al Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Mejora Regulatoria a más tardar el próximo miércoles 14 de agosto de 2019. Asimismo, deberán enviar en formato digital el oficio de intención al siguiente correo electrónico: othon.hernandez@conamer.gob.mx

Para facilitar el proceso de comunicación, a continuación se proporciona una propuesta de oficio de interés para participar como integrante del Observatorio. Lo anterior representa una guía de apoyo, por lo que no es obligatorio adoptar el contenido del mismo.

  • Propuesta de oficio de interés [Descargar]

Para mayor información ponemos a su disposición los siguientes teléfonos de contacto, así como el siguiente correo electrónico: