¿A quién da servicio la CONAMED?
- A los Pacientes o sus Familiares que recibieron una atención médica, pública o privada, que les pudo ocasionar algún daño por mala práctica.
- A los médicos y demás prestadores de servicios de atención médica que son demandados ante la CONAMED asegurando una atención imparcial y profesional del caso.
Orientación y Asesoría - Es la puerta de entrada a la CONAMED.
- Por aquí el paciente contacta a la institución para exponer su queja y ésta le ayuda a encontrar posibles vías de solución.
¿En qué consiste la Gestión? - Cuando considere que usted o un familiar amerita información o atención médica (sobre todo urgente) y no la recibe a pesar de haberla solicitado, le ayudamos a gestionar el apoyo que requiere, con el fin de evitarle un problema mayor.
¿ Cómo se intenta conciliar? - Logrando que el Médico y el paciente ó sus familiares, dialoguen e identifiquen si el daño fue por mala práctica médica o por mala información, y juntos decidan la forma de solución.
¿Qué es el Arbitraje Médico? - Es cuando el Paciente y su Médico aceptan que la CONAMED resuelva el fondo del asunto, convirtiéndolo en cosa juzgada.
- Para la resolución del caso la CONAMED obtiene la opinión de un asesor externo, que es un Médico experto certificado.
¿Cómo se resuelve el conflicto? - De cuatro formas básicas:
- Explicación Técnica: 27%
- Atención Médica: 32%
- Indemnización y reembolso: 30%
- Trámite administrativo: 8%
LAS VÍAS DE SOLUCIÓN DE LAS QUEJAS.
- 1. Se proporciona la orientación solicitada por el usuario. En caso de no requerir el problema otra atención especializada , el personal de la CONAMED concluye el asunto.
- 2. Se brinda la asesoría especializada al usuario cuando su problemática así lo requiera y si el asunto no es competencia de la CONAMED, éste se concluye.
- 3. Una vez que se otorga la asesoría especializada y si el caso es procedente para la CONAMED y puede solucionarse mediante una gestión inmediata, ésta se realiza ante la institución médica con la que se relaciona. Si no amerita más atención por parte de la CONAMED, se concluye el caso.
- 4. Una vez que se otorga la asesoría especializada y si el caso es procedente para la CONAMED y no puede resolverse en forma inmediata, se documenta la queja para turnarla al área correspondiente donde se llevará a cabo la etapa conciliatoria. Si en esta etapa se concilian las partes, se genera un convenio de conciliación y se concluye la atención en la CONAMED; en caso contrario, es decir, si no se concilian, se dejan los derechos de las partes a salvo y se concluye el asunto o bien pueden las partes optar por la etapa decisoria (arbitraje), donde la CONAMED emite un laudo y hasta entonces se concluye el asunto.
- 5. La documentación de la queja se efectúa en algunos casos directamente cuando la problemática planteada es competencia de la CONAMED y el usuario no requiere de una asesoría previa. Una vez documentada la queja, se turna al área correspondiente para llevarse a cabo la etapa conciliatoria. Si en esta etapa se concilian las partes, se genera un convenio de conciliación y se concluye la atención en la CONAMED; en caso contrario, es decir, si no se concilian, se dejan los derechos de las partes a salvo y se concluye el asunto o bien pueden las partes optar por la etapa decisoria (arbitraje), donde la CONAMED emite un laudo y hasta entonces se concluye el asunto.
- 6. Se realiza una gestión inmediata y a su vez se documenta la queja cuando la problemática así lo amerita. La gestión inmediata resolverá aquélla situación urgente y en la etapa conciliatoria, se promoverá el acuerdo entre las partes para resolver el asunto. Si esto último sucede, se genera un convenio de conciliación y se concluye la atención en la CONAMED; en caso contrario, es decir, si no se concilian, se dejan los derechos de las partes a salvo y se concluye el asunto o bien las partes involucradas pueden optar por la etapa decisoria (arbitraje), donde la CONAMED emite un laudo y hasta entonces se concluye dicho asunto.