La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que el día de hoy a las  11:00 horas, se registraron valores de 155 puntos en el Índice de Calidad del Aire (promedio 102 microgramos por metro cúbico) por partículas PM2.5 en la estación Nezahualcóyotl, en el municipio de Nezahualcóyotl, en la zona Noreste del Valle de México.

Lo anterior, debido a que durante la noche del día 24 de diciembre y la madrugada del día 25  de diciembre del 2019,  se presentaron emisiones extraordinarias generadas principalmente por la quema de juegos pirotécnicos, fogatas y quemas de otros materiales que incrementaron los niveles de contaminación por PM2.5 en toda la Zona Noreste del Valle de México. Lo anterior, junto con la presencia de una inversión térmica de superficie y de un sistema de alta presión que afecta al centro del país desde hace varios días, que dificultaron la dispersión de contaminantes.

Al respecto, tomando en consideración lo determinado por el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México dentro del juicio de amparo 937/2019, mediante sentencia interlocutoria de fecha 05 de julio del presente año, en cuanto a conceder a la quejosa la suspensión definitiva del acto reclamado en los siguientes términos: “…las autoridades responsables deberán decretar las fases preventivas y contingencias ambiental conforme a las Normas Oficiales Mexicanas referidas, en caso de llegar a los valores ahí establecidos……. Sin que lo anterior implique que, en caso de que la calidad del aire alcance los valores previstos en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-020-SSA1-2014 y NOM-025-SSA1-2014, las autoridades responsables dejen de aplicar las medidas que estimen conducentes, en ejercicio de sus facultades para proteger la salud de la población, así como para prevenir y controlar las emisiones contaminantes del aire, pero sin que con ello se genere una afectación mayor a la colectividad en general….”; realizándose como acción específica el informar al público en general mediante una infografía publicada en las páginas oficiales de internet de la aire.cdmx, SMAGEM y de la CAMe de las recomendaciones a la población para la protección de la salud.

Asimismo, con fundamento en la Cláusula Tercera inciso d) del Convenio de Coordinación por el que se crea la Comisión Ambiental de la Megalópolis se recomienda la activación de las medidas regionales contingentes para reducir la contaminación por partículas PM2.5 determinando lo siguiente solo para la zona Noreste del Valle de México:

Medidas y recomendaciones para proteger la salud de la población mientras se mantengan niveles altos de contaminación:

  • Mantenerse informados sobre el estado de la calidad del aire en la aplicación, “AIRE CDMX”, sitio web www.aire.cdmx.gob.mx., twitter: @Aire_CDMX e IMECATEL 52789931 ext. 1.
  • Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como hacer ejercicio al aire libre a cualquier hora del día,  ya que algunas de estas actividades pueden incrementar la dosis de contaminantes inhalados.
  • Se prohíbe la quema de materiales y residuos, incluyendo las realizadas para adiestramiento y capacitación de personal.
  • En caso de contar con aire acondicionado en oficina, hogar o automóvil, se recomienda utilizarlo en modo de "recirculación”, así como mantener puertas y ventanas cerradas.
  • Para reducir la generación y exposición a partículas cuando se está en interiores, se recomienda no prender velas ni quemar leña, carbón u otros materiales.
  • Se recomienda no fumar, en especial en espacios cerrados
  • Se recomienda reducir el uso del vehículo particular, compartir el auto y utilizar el servicio de transporte público.
  • Reportar cualquier tipo de incendio de manera inmediata:
  • Centro Estatal y Combate de Control de Incendios Forestales: 56-30-53-60
  • Comisión Nacional Forestal: 55-54-06-12, 26-15-00-42, 01-800-80-77-100
  • Heroico cuerpo de Bomberos: 068 y 57-68-25-32
  • PROBOSQUE: 01-800-590-17-00
  • Centro de comando PROBOSQUE: 01-722-878-98-58
  • Emergencia 911

Restricciones de la Industria federal y local

  • Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan equipos de combustión, procesos o actividades que generen partículas reducirán el 40% de sus emisiones de partículas
  • Suspender las actividades de las concreteras (fijas o móviles) que no cuenten con equipo de control de emisiones.
  • Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.

Restricciones en Servicios 

  • Suspender las actividades de construcción, remodelación, demolición y movimiento de tierras, con excepción de los rellenos sanitarios.
  • Suspender toda actividad de explotación de bancos de materiales pétreos.
  • Suspender las actividades de movimiento de materiales generadores de partículas a cielo abierto en establecimientos de materiales de construcción (arena y grava, entre otros).
  • Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.

Medidas y acciones a cargo del gobierno:

  • Las autoridades de salud en el ámbito de sus competencias, difundirán las recomendaciones de protección a la salud.
  • Prohibir la quema de materiales y residuos, incluyendo las realizadas para adiestramiento y capacitación.
  • Intensificar la vigilancia y el combate de incendios en zonas agrícolas y forestales.
  • La autoridad competente informará a los productores de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales que deberá reprogramar la cocción de sus productos.
  • Suspender actividades de mantenimiento a la infraestructura urbana del gobierno local correspondiente, que generen emisiones fugitivas de partículas (movimiento de tierra, excavaciones, mantenimiento a jardines y camellones, entre otros), con excepción de las que atiendan reparaciones urgentes.
  • Suspender las obras que obstruyan o dificulten el tránsito, con excepción de las que atiendan reparaciones urgentes
  • Reforzar la detección y sanción de vehículos ostensiblemente contaminantes, de vehículos sin verificación o que circulan el día que no les corresponde.
  • Reforzar la detección y sanción de vehículos de transporte de materiales de construcción abiertos sin lona de cobertura y/o que derramen materiales.

Hoy a las 15:00 horas se emitirá un boletín informativo con la evaluación de las condiciones meteorológicas y de calidad del aire prevaleciente en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Para mayor información sobre la aplicación de las medidas contingentes para coadyuvar a reducir la contaminación por partículas PM2.5 cuando se superen los 150 puntos del índice de calidad del aire en la ZMVM, se sugiere consultar las siguientes páginas de internet:

CAMe  http://www.gob.mx/comisionambiental;

CDMX http://www.aire.cdmx.gob.mx/default.php?opc=%27YqBhnmU=%27

EDOMEX http://proaire.edomex.gob.mx/bibliografia

ASEA:  http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/122870/MEDIDAS_GASLP.pdf                 

PROFEPA: www.profepa.gob.mx/

El Índice de la Calidad del Aire y su pronóstico a 24 horas, se puede consultar en: www.aire.cdmx.gob.mx y en Aplicación AIRE que se encuentra en dispositivos iOS y Android.