En atención a los efectos de la suspensión definitiva decretada dentro del juicio de amparo 937/2019, radicado en el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, se comunica que:
Cuando se rebasen los 100 puntos del índice, (equivalentes a los valores límites previstos en la NOM-020-SSA1-2014 [promedio horario] y la NOM-025-SSA1-2014 [promedio 24 horas]), se recomienda a la población aplicar las siguientes medidas:
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Evitar la exposición al aire libre de los grupos susceptibles. |
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Evitar fumar, especialmente en espacios cerrados. |
3 |
Revisar y reportar fugas de gas de manera inmediata, a los teléfonos: a) Ciudad de México, Locatel: 56-58-11-11. b) Estado de México, Centro de Atención Telefónica: 01-800-6969-696 |
4 |
Reducir el uso de productos que contienen compuestos orgánicos volátiles (solventes), tales como: pinturas en aerosol, pinturas base aceite, barnices, aromatizantes y limpiadores domésticos, entre otros. |
5 |
Reportar cualquier tipo de incendio de manera inmediata. |
6 |
Reducir el uso del vehículo particular, compartir el auto y utilizar el servicio de transporte público. |
La Comisión Ambiental de la Megalópolis seguirá informando sobre el estado de la calidad del aire en la Zona Metropolitana del Valle de México, a través de las aplicaciones y sitios que se enlistan para proteger la salud de la población.
- “AIRE CDMX”, sitio web www.aire.cdmx.gob.mx.
- twitter: @Aire_CDMX.
- e IMECATEL 52789931 ext. 1
- https://www.gob.mx/comisionambiental
A partir de que se alcancen valores mayores a 150 puntos del índice de calidad del aire, se adicionarán medidas para reducir emisiones en los sectores de transporte, industria manufacturera, de comercios y servicios.