La alta mortalidad y morbilidad asociadas a la enfermedad ocasionada por el SARS CoV-2 han volcado la atención hacia un gran número de intervenciones farmacológicas y otros tratamientos sintomáticos, sin embargo, para prevenir riesgos sanitarios, la seguridad de las personas con Covid-19 debe ser un objetivo prioritario.

La ausencia de opciones terapéuticas específicas para el Covid-19 con eficacia y seguridad demostradas se acompaña de la presión del contexto, los medios y otros actores, pudiéndose generar la falsa percepción de que algunas de las potenciales alternativas en investigación puedan ser mejores que el manejo sintomático y de apoyo. Esto supone un riesgo para la seguridad de los pacientes y tiene implicaciones bioéticas.

Actualmente, hay evidencia de eventos adversos graves en el caso de las combinaciones de cloroquina, hidroxicloroquina y azitromicina, así como del tocilizumab, que generan especial preocupación. Por lo que el uso de medicamentos debe hacerse en el contexto de ensayos clínicos aleatorizados que evalúen su seguridad y eficacia.

Proteger la seguridad de los pacientes con Covid-19 requiere de la responsabilidad y ética de la comunidad médica. Es por ello, que esta autoridad sanitaria ha determinado que los medicamentos que se están empleando para tratar los síntomas del Covid-19 deberán ser recetados por profesionales de la salud y se deberán expender con receta médica.

Lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 181, 226 y 227 de la Ley General de Salud, en relación con el artículo 35 del Reglamento de Insumos para la Salud, los cuales señalan que en casos de emergencia la Secretaría de Salud dictará inmediatamente las medidas indispensables para prevenir y combatir los daños a la salud, por lo que, esta COFEPRIS en ejercicio de sus atribuciones, señala que:

“La venta de medicamentos que estén siendo utilizados para el manejo de los síntomas en los pacientes con el virus SARS CoV- 2 deberán de dispensarse únicamente con receta médica, la cual debe ser expedida por un profesional de la salud especializado y retenida por el establecimiento que surta la misma, sea este público, social o privado, ambulatorio o de hospitalización”.

Asimismo, deberán realizar y fomentar el reporte de cualquier reacción adversa o malestar relacionado al uso o consumo de cualquier medicamento, en los siguientes puntos de contacto: liga electrónica “¿Te hizo daño un medicamento?”, VigiFlow, e-Reporting, ubicados en la página web de la COFEPRIS https://www.gob.mx/cofepris o a través del correo farmacovigilancia@cofepris.gob.mx .

Esta Comisión Federal continuará las acciones de vigilancia para evitar la venta y prescripción de medicamentos que puedan representar un riesgo a la población, a través de la aplicación de medidas de seguridad, así como imponiendo las sanciones administrativas que resulten procedentes por infringir la regulación sanitaria vigente.

Para mayor información sobre las medidas sanitarias que en el marco de la pandemia provocada por SARS CoV-2, se han adoptado, así como de medicamentos y otros insumos para la salud, se puede consultar la página Web de la COFEPRIS https://www.gob.mx/cofepris .

 

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