Información Importante. 
  • Al terminar la vigencia de los Comités de Investigación y Comités de Bioseguridad se deberá solicitar nuevamente la inscripción utilizando la homoclave COFEPRIS-05-038-B (para Investigación) o COFEPRIS-05-038-C (para Bioseguridad) cumpliendo los requisitos correspondientes. Además, el acta de instalación del Comité deberá actualizarse e incluír las firmas autógrafas de cada integrante.
  • La única institución autorizada hasta este momento para dar recepción y resolución a los trámites de Registro de Comité de Investigación y Bioseguridad es la COFEPRIS, por lo tanto las entidades federativas, subdirecciones de regulación sanitaria y COEPRIS en los estados carecen de la facultad para otorgar estos registros.
  • A los comités que se les otorgó Registro de Comité de Ética en Investigación o de Comité Hospitalario de Bioética antes del día 31 de octubre de 2012 deberán regularizar su situación ante la Comisión Nacional de Bioética.
  • Puede consultar los listados de Autorizaciones en Servicios de Salud (Consultar aquí).