CERTIFICACIÓN DE PRODUCTOS DE LA PESCA A LA REPÚBLICA POPULAR CHINA

 

La COFEPRIS, como autoridad sanitaria competente, es la dependencia reconocida por la autoridad sanitaria de la Republica Popular China para emitir certificados sanitarios para productos de la pesca destinados a ese mercado.

Los establecimientos que deseen exportar a la Republica Popular China deberán realizar el siguiente procedimiento administrativo:

  

OPCIÓN I. Para incorporación inicial al listado de padrón de exportadores.

  

  1. Presentar ante el Centro Integral de Servicios (CIS) de esta Comisión Federal, el formato de solicitud de visita de verificación sanitaria para exportación COFEPRIS-01-020​, al cual deberá anexar el comprobante original del pago de derechos.

 

Para conocer el monto de este pago, contacte a los siguientes teléfonos: Lada 01-55, 5216-6013, 5080-5440, 5080-5441, 5080-5474 y 01 -800-033-5050, así mismo, consulte las condiciones señaladas en el Centro Integral de Servicios.

  

En dicha solicitud deberá indicar expresamente su interés en exportar a la República Popular China y de ser el caso, a otros mercados, así como definir el tipo de producto que desea exportar.

  

  2. La visita de verificación y su dictamen respectivo, considerará los siguientes aspectos:

 

    a. Nivel de cumplimiento de la legislación mexicana en la materia, así como de las especificaciones y disposiciones establecidas en la legislación sanitaria de la República Popular China, contenidas en la Ley de Inocuidad de Alimentos (revisión 2015), sus normas y requerimientos chinos.                        

 

      b. Contar con un sistema de análisis de riesgos, identificación y control de puntos críticos (HACCP) y de aplicación de buenas prácticas de manufactura, como lo establecen las Normas Oficiales Mexicanas: NOM-128, NOM-242 y NOM-251.

 

        c. Durante la visita de verificación, el personal oficial tomará muestra de los productos que se pretendan destinar al mercado chino, las cuales los particulares deberán remitir a Laboratorios Terceros Autorizados por la COFEPRIS. Los resultados de dichos análisis deberán ser remitidos a la Comisión de Operación Sanitaria de la COFEPRIS, para su dictamen.

 

 3. Si la empresa cumple con las disposiciones establecidas y obtiene un dictamen favorable, podrá solicitar a esta Comisión Federal y a las entidades federativas facultadas, los certificados sanitarios para exportación correspondientes por embarque. Cabe señalar que la Ley Federal de Derechos establece un costo para los certificados, por lo cual deberá consultar la siguiente sección de la página Web de la COFEPRIS:  Centro Integral de Servicios

  

OPCIÓN II. Para establecimientos ya listados como exportadores para la Unión Europea y EE.UU.

 

Respecto a los establecimientos que se encuentran con certificación vigente para exportar productos de la pesca a la Unión Europea y de moluscos bivalvos a los Estados Unidos de América, tendrán por cumplido el requerimiento de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura y deberán presentar ante esta Comisión Federal el plan de Análisis de Peligros, Identificación y Control de Puntos Críticos (HACCP) del producto que desea exportar a la República Popular China, cuando dicho plan no sea del conocimiento de la COFEPRIS

  

Para la siguiente visita de verificación con fines de exportación que solicite el establecimiento para renovar su certificación, deberá incluir en la evaluación de la planta, todos los productos que pretenda exportar tanto a la Unión Europea, a los EE.UU. (en caso de tratarse de moluscos bivalvos), como a la República Popular China.

  

Para más información, realice su consulta al correo electrónico:  depe.gsp@cofepris.gob.mx