INTRODUCCIÓN GENERAL

La diversidad de productos y servicios que se comercializan en el mercado cada vez es más amplio, por lo que su entorno competitivo se agudiza; así la publicidad funge un papel fundamental ya que es un motor comercial para la industria. En este sentido la regulación publicitaria y los nuevos esquemas de autorregulación son piezas esenciales en los procesos de comercialización vinculados a la ética publicitaria y responsabilidad social, para favorecer la información veraz con respecto a productos y servicios vinculados a la salud.

La COFEPRIS promueve con la industria y con las entidades federativas los lineamientos publicitarios de carácter técnico que apoyan la ética publicitaria y la autorregulación con el fin de prevenir posibles fraudes a la población o riesgos por exposición a publicidad engañosa; y así mejorar la toma de decisión de los consumidores con respecto a su salud. Lo anterior implica un constante vínculo de capacitación y liderazgo con la industria y el Gobierno Federal que promueva la concertación y la orientación a resultados.

Para el cumplimiento de la misión de la COFEPRIS en materia publicitaria, la Subdirección Ejecutiva de Autorización Sanitaria adscrita a la Comisión de Autorización Sanitaria, ha puntualizado como principal objetivo:

Proteger a la población contra riesgos sanitarios de la exposición a mensajes que promuevan:

  • un producto de riesgo
  • el uso o consumo inadecuado de un producto
  • hábitos y conductas relacionadas con riesgos sanitarios, principalmente, en población vulnerable
  • un servicio de salud vinculado a prácticas riesgosas

Es competencia de la Subdirección Ejecutiva de Autorización Publicitaria la autorización de la publicidad que se refiera a los tratamientos auxiliares de las enfermedades, a la rehabilitación de los inválidos, al ejercicio de las disciplinas para la salud; y a los productos y servicios a que se refiere la Ley General de Salud y su reglamento en Materia de Publicidad de los siguientes productos:

  •  Plaguicidas
  •  Suplementos Alimenticio
  •  Cosméticos
  •  Servicios de Salud
  •  Medicamentos de Libre Venta (OTC’s)
  •  Medicamentos de Venta Restringida
  •  Alimentos y Bebidas no Alcohóliocas
  •  Dispositivos Médicos: 
  1. Material de Curación
  2. Productos Higiénicos
  3. Insumos de uso Odontológico
  4. Ayudas Funcionales

Trámites en Materia de Publicidad:

  • Permisos de Publicidad
  • Avisos de Publicidad

Derivado de la revisión de los oficios números:

  • S00/100/2017 de fecha 20 de diciembre de 2017 denominado “Criterios de atención para el trámite de solicitudes de permisos de publicidad de medicamentos, homeopáticos y remedios herbolarios”,
  • S00/101/2017 de fecha 20 de diciembre de 2017 denominado “Lineamientos que establecen los criterios a que debe sujetarse la publicidad que promueve hábitos saludables con la finalidad de evitar un posible riesgo a la salud”
  • S00/102/2017 de fecha 20 de diciembre de 2017 denominado “Criterios para el análisis y dictamen de permisos de publicidad para bebidas  alcohólicas”
  • CAS/1/OR/22/2014 denominado “Lineamientos de simplificación  administrativa para trámites y autorizaciones de publicidad Digital”
  • CAS/1/OR/4/2014 denominado “Criterios de atención para el trámite de solicitudes de permisos de publicidad de medicamentos” y
  • CAS/1/OR/32/2017 de fecha 08 de noviembre de 2017 denominado “Criterios de atención para el trámite de solicitudes de permisos de publicidad de medicamentos de libre venta, homeopáticos y remedios herbolarios”

Se notifica la REVOCACIÓN de criterios y lineamientos en materia de publicidad antes citados.  Enlace para descargar el oficio de revocación