A partir de la entrada en vigor de la Ley de Hidrocarburos y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, se establecieron nuevas atribuciones para la Comisión Nacional de Hidrocarburos en materia autorizaciones de exploración y de extracción de hidrocarburos, entre las que se encuentra la de autorizar a los Asignatarios y Contratistas la perforación de pozos petroleros en los casos siguientes:
I. Pozos exploratorios;
II. Pozos en aguas profundas y ultra profundas, y
III. Pozos Tipo que se utilizarán como Modelo de Diseño para el desarrollo masivo de Yacimientos No Convencionales.

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