• El proceso de autorización de Instituciones de Tecnología Financiera (ITF), continúa avanzando de acuerdo con los plazos previstos en la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech).

  • En días recientes se han otorgado autorizaciones sujetas al cumplimiento u observancia de alguna condición. Esta misma circunstancia pudiera ser aplicable a otras autorizaciones próximas a ser emitidas.

  • El Banco de México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que participan en este proceso de autorización, en todo momento actúan con la máxima diligencia en el ejercicio de sus atribuciones, específicamente en la autorización de las ITF.

La CNBV informa que en días recientes se han otorgado autorizaciones a Instituciones de Tecnología Financiera sujetas al cumplimiento u observancia de alguna condición para lograr la efectividad de las mismas; toda vez que la mayoría de las solicitudes corresponden a sociedades que actualmente están en operación al amparo de la Disposición Octava Transitoria de la Ley Fintech. Esta misma condición pudiera ser aplicable a autorizaciones próximas a ser emitidas. La CNBV se reserva la publicación de las denominaciones de las empresas, hasta en tanto se dé cumplimiento a las condiciones establecidas para otorgarle efectividad a la autorización.

Entre las condiciones que, en su caso, tendrían que cumplir algunas de las sociedades, son, por ejemplo: la constitución de nuevas sociedades subsidiarias y la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio; la celebración de actos corporativos que conlleven aumentos en su capital social; redistribuciones accionarias; escisiones, fusiones y modificación de contratos operativos y de gestión. Lo anterior para acreditar que su organización y funcionamiento es conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

En el momento en que no existan condiciones pendientes de cumplir, las autorizaciones serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación, y en la propia página de la Comisión integrándose al Padrón de Entidades Supervisadas (PES) disponible en el portal de internet de la CNBV, en la liga https://www.cnbv.gob.mx/Paginas/PADR%C3%93N-DE-ENTIDADES-SUPERVISADAS.aspx.

Adicionalmente, respecto al proceso de autorización de ITF se precisa que:

  • Los plazos para resolución se llevan a cabo conforme a la normatividad aplicable. Para que una empresa solicitante sea autorizada como ITF es imprescindible que cumplan con la totalidad de los requerimientos establecidos.

  • Dado que diversas sociedades han solicitado prórrogas para solventar requerimientos, a la fecha, los tiempos de autorización corresponden en sí mismos al caso particular de cada entidad, en el entendido de que la revisión y análisis de lo expedientes, se hace en el orden de su recepción e integración

  • La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como participantes en este proceso de autorización en su carácter de integrantes del Comité Interinstitucional previsto en la Ley Fintech, en todo momento actúan con la máxima diligencia en el ejercicio de sus atribuciones, específicamente en la autorización de las ITF.

Aunque la mayoría de las empresas que presentaron solicitud, están actualmente operando, con la autorización de las ITF, se logra mayor certidumbre, y se busca promover la inclusión financiera y la innovación tecnológica al otorgar al público una oferta más amplia de servicios financieros, con el objetivo de que el Sistema Financiero en México se mantenga a la vanguardia en el desarrollo de los servicios que ofrece y se mejoren las condiciones de competencia.

La CNBV reafirma su compromiso por la construcción de un sistema financiero eficiente, incluyente y abierto a la competencia, que provea de una mayor gama de productos y servicios acorde a las necesidades de la población.