Conforme a lo señalado en el Artículo 2 Bis 117 q de las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2005 y modificadas mediante diversas resoluciones, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, notifica los cargos de capital contracíclico vigentes para cada jurisdicción.
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Cargos de Capital Contracíclico Vigentes
La Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores aprobó un cargo de capital contracíclico asociado a las operaciones cuyo riesgo crediticio recae en México de 0 por ciento.
Comisión Nacional Bancaria y de Valores |
17 de mayo de 2016
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