Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) son sociedades anónimas que cuentan con un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), y pueden ser reguladas y no reguladas. Su objeto social principal es la realización habitual y profesional de una o más de las actividades de otorgamiento de crédito, arrendamiento financiero o factoraje financiero.

Las Sofomes reguladas son las siguientes:

  • Las que tienen vínculos patrimoniales con instituciones de crédito, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo;
  • Las que fondean sus operaciones con valores de deuda inscritos en el Registro Nacional de Valores (RNV) conforme a la Ley del Mercado de Valores; y
  • Las que voluntariamente obtienen la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para ser reguladas

El artículo 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito especifica las disposiciones que por su propia naturaleza les resultan aplicables a las Sofomes reguladas, de acuerdo al tipo de entidad financiera con la cual tienen vínculo patrimonial y adquieren su carácter de reguladas.

Las Sofomes no reguladas también están registradas en la Condusef y pueden tener el mismo objeto social que las reguladas, sin embargo, al no tener vínculos patrimoniales con entidades supervisadas por la CNBV, o emitir valores registrados en el RNV, no están obligadas a ser reguladas.

Las Sofomes no reguladas están sujetas de la inspección y vigilancia de la CNBV, exclusivamente para verificar el cumplimiento de las disposiciones de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo de conformidad con el Artículo 95 Bis de la LGOAAC.