CONVOCATORIA PARA LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DEL GAS NATURAL

Con fundamento en los artículos 66 de la Ley de Hidrocarburos y 65 del Reglamento de las Actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos y el Acuerdo CA-047/2017 del Consejo de Administración del Centro Nacional de Control del Gas Natural (CENAGAS), este organismo descentralizado:

                                                       CONVOCA

A participar en el proceso de selección para la integración del Comité Consultivo del Centro Nacional de Control del Gas Natural, órgano de opinión que tiene por objeto contribuir al proceso de planeación, aspectos tarifarios y en materia de acceso abierto en el Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (SISTRANGAS), el cual sesionaría al menos dos veces por año, de acuerdo con las siguientes:

                                                         BASES

A.- REQUISITOS

I. El Comité Consultivo está conformado por 7 (siete) miembros del sector público y 7 (siete) miembros del sector privado, representantes del mercado del gas natural en México y de las diferentes actividades de la industria de hidrocarburos, en las siguientes categorías:

  1. Permisionario distribuidor de gas natural interconectado al SISTRANGAS;
  2. Usuario final del SISTRANGAS;
  3. Permisionario comercializador de gas natural usuario del SISTRANGAS;
  4. Permisionario transportista integrado al SISTRANGAS;
  5. Permisionario generador de energía eléctrica usuario final del SISTRANGAS que participe en el Mercado Eléctrico Mayorista;
  6. Permisionario transportista del gas natural que tenga interés en los temas del SISTRANGAS, aunque no esté integrado, y
  7. Representante de una Institución académica.

II. Los interesados en participar en la conformación del Comité Consultivo deberán hacer llegar a la oficialía de partes del CENAGAS, a más tardar el 28 de febrero de 2018, solicitud de inscripción al proceso de selección dirigida a la Unidad de Gestión Técnica y Planeación del CENAGAS, en la que señalen o adjunten, según sea el caso, la información y documentación siguiente:

  1. Categoría en la que se postula
  2. Denominación o razón social;
  3. En su caso, tipo y número de permiso otorgado por la Comisión Reguladora de Energía;
  4. Actividades que realiza;
  5. Domicilio;
  6. Dirección de correo electrónico;
  7. Carta firmada por el representante legal de la empresa o institución respectiva en la que se manifiesten los motivos por los que desean formar parte del Comité Consultivo. Además, deberá explicar al menos un tema en específico que proponga abordar en el Comité Consultivo en caso de ser seleccionado, y
  8. Escrito del representante legal bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que su representada se somete voluntariamente al proceso de selección y que acepta los resultados del mismo;

III. Las solicitudes de inscripción al proceso de selección que se encuentren incompletas, contengan información no verídica o sean presentadas de manera extemporánea serán desechadas.

B. CRITERIOS DE SELECCIÓN

I. Para la selección de los interesados, el CENAGAS seguirá el siguiente procedimiento:

  1. Verificación de la presentación de la información y documentación establecida en la fracción II del apartado “Requisitos”.
  2. Análisis y evaluación de la información y documentación presentada por los interesados en su solicitud de inscripción                                                                                                            La evaluación será realizada por escrito y contendrá la valoración de cada una de las solicitudes de inscripción recibidas.
  3. La elección se realizará bajo los criterios de igualdad, reconocimiento al mérito, confidencialidad, objetividad y transparencia.

II. La Convocatoria será declarada desierta cuando:

  1. No se reciban solicitudes de inscripción para la conformación del Comité Consultivo, o
  2. Los perfiles no sean los idóneos a juicio del Centro o los que lo sean no sumen la cantidad suficiente para la integración del Comité Consultivo, en términos de la fracción I, del apartado A “Requisitos”, de estas Bases.

C. DIFUSIÓN DE RESULTADOS

I.Los resultados de la selección de los integrantes del Comité Consultivo serán publicados a más tardar el día 14 de marzo de 2018, a través de la página de internet www.gob.mx/cenagas.

II. Los representantes de las instituciones seleccionadas para integrar el Comité Consultivo deberán suscribir una carta compromiso en la que declaren bajo protesta de decir verdad que se abstendrán en participar en los acuerdos o decisiones del Comité que pudieran representar un conflicto de interés.

D. DISPOSICIONES FINALES

I. Las instituciones que resulten electas durarán como miembros por 2 (dos) años, prorrogables por el mismo lapso en una sola ocasión.                                                                                                  Por única ocasión, las 3 (tres) primeras categorías durarán en su encargo un año, es decir, (i) Permisionario distribuidor de gas natural interconectado al SISTRANGAS; (ii) Usuario final del SISTRANGAS, y (iii) Permisionario comercializador de gas natural usuario del SISTRANGAS

II. El cargo de miembro es a título honorífico y no genera relación laboral alguna.

III. Cualquier asunto no previsto en esta Convocatoria será resuelto por el CENAGAS.

IV. El domicilio de la Oficialía de Partes del CENAGAS se encuentra ubicado en Avenida Insurgentes Sur, Número 838, Piso 12, Colonia Del Valle Centro, Delegación Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, con horario de atención de 9:00 a 15:00 horas.

La documentación deberá ser enviada con atención a la Unidad de Gestión Técnica y Planeación (Comité Consultivo del CENAGAS).

 

Ciudad de México a 31 de enero de 2018.

 

                                 EL DIRECTOR GENERAL

                   

                                 DAVID MADERO SUÁREZ

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