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Preguntas sobre Estudio de Instalaciones (Carga Especial)

El Estudio de Instalaciones, tiene como finalidad evaluar de manera detallada los costos estimados ante la Conexión de un nuevo Centro de Carga o el Incremento de la demanda contratada en algún punto del sistema.

Centro Nacional de Control de Energía | 13 de marzo de 2018

Para llevar a cabo la Interconexión de las Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga, el CENACE se encuentra obligado a definir las características de la infraestructura requerida para realizar la Interconexión o Conexión a solicitud del representante legal de la Central Eléctrica o del Centro de Carga. Lo anterior de acuerdo con el artículo 33 de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Cumpliendo con lo dispuesto en la LIE, a fin de atender las solicitudes referidas de manera oportuna y transparente, CENACE determinó los “CRITERIOS mediante los que se establecen las características específicas de la infraestructura requerida para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga” (Criterios), publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 02 de junio de 2015.

¿Qué es un Estudio de Instalaciones?

Estudio que permite determinar las características de los Elementos y Equipos, así como los costos estimados de las obras necesarias para la Interconexión de la Central Eléctrica o la Conexión de Centros de Carga hasta el Punto de Interconexión o de Conexión, según corresponda, así como de los refuerzos necesarios en la RNT o las RGD, asociados a cada proyecto.

Para aceptar la solicitud de este estudio se requiere como requisito haber solicitado y concluido el Estudio de Impacto en el Sistema.

¿Dónde realizo la solicitud de Estudio de Instalaciones?

Para solicitar un Estudio de Instalaciones, lo debes realizarse mediante la plataforma del Sistema de Atención a Solicitudes de Interconexión y Conexión (SIASIC) el cual se ubica en la página Web del CENACE, https://servicios.cenace.gob.mx/siasic/Account/Login

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Para tener acceso al SIASIC debes registrarte, para lo cual solo requieres contar con un correo electrónico, https://servicios.cenace.gob.mx/siasic/registro-de-usuarios

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¿Quién puede realizar la solicitud?

Debe ser el representante legal de la empresa quien realice la solicitud.

¿Tiene algún costo?

Si, el costo está en función de la capacidad de la Central o Centro de Carga, el cual deberá ser cubierto al momento de realizar la solicitud debido a que es uno de los requisitos para la aceptación de la elaboración del estudio.

En la Tabla No. 3 de los Criterios se presentan los costos para la realización de los Estudios individuales para la Conexión de Centros de Carga Convencionales y los costos asociados. Cabe señalar que estos costos no incluyen IVA.

¿Qué información requiero para realizar una solicitud de Estudio de Instalaciones?

La información de la empresa ya se tiene cargada en la plataforma desde la solicitud del estudio Indicativo e Impacto en el Sistema correspondientemente, agregando lo siguiente:

  • Acta constitutiva de la Empresa
  • Estudio de Impacto en el Sistema
  • Estudio Indicativo
  • Poder Notarial
  • Comprobante de pago

¿Cómo anexo la información?

Mediante la plataforma SIASIC, llenando el formulario correspondiente y anexando la documentación en formato pdf.

¿En qué tiempo me entregan el Estudio?

El tiempo varía dependiendo de la demanda del Centro de Carga. Los tiempos para la atención de la Solicitud de Estudio de Impacto en el Sistema se encuentran en el Anexo 2 de los Criterios.

¿Tiene vigencia el Estudio?

Si, se tienen 10 días hábiles a partir de la entrega del oficio de respuesta de Estudio de Impacto en el Sistema para solicitar el siguiente estudio (Instalaciones), de lo contrario perderá vigencia el Estudio realizado; de acuerdo con lo que marca el Criterio 31 del documento Criterios.

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