El Comisionado Ejecutivo, en uso de sus facultades así como las de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y con fundamento en los artículos 88 y 95 de la Ley General de Víctimas; 59, fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 25 del Reglamento de la Ley General de Víctimas, y 21 del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, formula el Programa Integral para la Atención y Asistencia de Víctimas de Delitos de Trata de Personas de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
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Programa integral para la atención y asistencia de Víctimas de delitos de trata de personas de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
Con fundamento en el artículo 32 del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y 11, fracción VIII del Reglamento de Sesiones de la Junta de Gobierno.
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas |
12 de enero de 2018
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