Obras y acciones que beneficien las zonas de atención prioritaria y a la población de los municipios y demarcaciones territoriales de mayores niveles de rezago social y pobreza extrema urbanas o rurales.

En la planeación de los recursos, los gobiernos de las entidades federativas deberán tomar en cuenta en la planeación del recurso a los gobiernos locales cuando los proyectos y acciones incidan en sus territorios, con el propósito de fortalecer la coordinación entre ambos niveles de gobierno y los proyectos favorezcan el bienestar de la población.