Contribuir al fortalecimiento de las capacidades comerciales de los productores y sus organizaciones productivas, a través del incremento y modernización del sistema de almacenamiento de granos y oleaginosas, y al desarrollo de las capacidades organizativas, administrativas, empresariales, comerciales, operativas y financieras, para garantizar el almacenamiento, la conservación y calidad del grano, que permita el acceso al sistema financiero y a mercados con productos de calidad.

Incentivo a la Infraestructura de Almacenamiento de Granos y Servicios de Información para la Competitividad Agrícola.

El Incentivo a la Infraestructura de Almacenamiento de Granos y Servicios de Información para la Competitividad Agrícola busca fortalecer la capacidad comercial y competitiva de las organizaciones de productores de maíz e impulsar el desarrollo comercial regional, mediante la construcción y/o rehabilitación  de centros de acopio, incluyendo equipamiento, con el propósito de contribuir al ordenamiento, promoción y desarrollo de mercados de productos elegibles, que permitan a los beneficiarios tener certidumbre en los ingresos, impulsar la competitividad en la comercialización de granos y la inserción de los productores en el mercado nacional e internacional.

Este incentivo está enfocado a organizaciones de productores de maíz, que cuenten con al menos tres años de existencia u operación, que en lo individual sean propietarios de predios con una superficie de hasta 12.5 de riego o hasta 50 hectáreas de temporal, en los Estados de Chiapas, Guanajuato, Estado de México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Querétaro y Veracruz; y conforme al avance del Proyecto de Almacenamiento de Granos y Servicios de Información para la Competitividad Agrícola, la Unidad Responsable podrá incluir otras Entidades Federativas en función de sus necesidades de almacenamiento, condiciones de oferta y demanda regional, así como de la disponibilidad presupuestal.

La unidad de medida será Moneda Nacional (Pesos); el Incentivo será hasta el 50% del monto total del Plan de Negocio aprobado, sin incluir el valor agregado (IVA).

El restante 50% del costo de dicho Plan de Negocio estará a cargo de la organización de productores beneficiaria, integrándose con al menos el 10% de recursos propios y la diferencia en su caso, podrá ser, a través de financiamiento bancario que contrate la organización.

Sólo se apoyará un Plan de Negocio por cada organización participante. El incentivo podrá otorgarse hasta por el monto máximo autorizado por Plan de Negocio, conforme a los conceptos y montos previstos en el artículo 52 de las presentes Reglas.