La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) tiene como objeto regular y supervisar en materia de seguridad industrial, operativa y de protección del medio ambiente las instalaciones y actividades del sector hidrocarburos.

Como parte de esta importante labor, los regulados deben acercarse a la ASEA a presentar diversos trámites para garantizar la seguridad industrial y protección ambiental al sector.

En este sentido, la siguiente guía fue elaborada con el objetivo de apoyarte en  tus trámites o bien para resolver cualquier inquietud que puedas tener.

¿Conoces tu caso ante la ASEA? 

Antes de ingresar tus trámites en materia de impacto ambiental, es necesario que identifiques la situación en la que te encuentras.

Una vez que conozcas tu caso, debes tomar en cuenta los siguientes trámites:

Evaluación de Impacto Ambiental

  • Es un instrumento de la política ambiental para prevenir, mitigar y restaurar los daños al ambiente, así como la regulación de las  actividades de los regulados  para evitar o reducir efectos negativos en el ambiente y en la salud.

                         ¿En qué casos se presenta?

Cuando realices alguna de las obras o actividades señaladas en el artículo 28, fracción II de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5, inciso D, fracción IX de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, y que se encuentren relacionadas con el sector hidrocarburos.

Si deseas conocer los documentos requeridos y los detalles de la recepción de este trámite, consulta el siguiente tríptico informativo.

Licencia Ambiental Única (LAU)

  • La LAU es la autorización en materia de prevención y control de  contaminación atmosférica que emite la ASEA para las fuentes fijas de jurisdicción federal del sector hidrocarburos.
  • Toda instalación que se encuentre operando debe contar con su Licencia Ambiental Única.
  • Para tramitarla, deberás contar con la Manifestación de Impacto Ambiental.

¿En qué casos se presenta?

  • Se presenta para fuentes fijas de jurisdicción federal que se encuentren en operación y emitan o puedan emitir olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera.

Si deseas conocer los documentos requeridos y los detalles de la recepción de este trámite, consulta el siguiente tríptico informativo.

Consulta también las preguntas frecuentes de Licencia Ambiental Única.

Antes de tramitarla, deberás contar con la siguiente documentación:

  • Manifiesto de Impacto Ambiental (en caso de aplicar).
  • Oficio de Liberación de Condicionantes  (en caso de aplicar).
  • Registro como generador de residuos peligrosos. 

Asimismo, para brindarte un mejor apoyo, ponemos a tu disposición las siguientes guías:

Cédula de Operación Anual (COA)

  • La COA es el instrumento de reporte de las emisiones y transferencias de contaminantes a la atmósfera, suelo, agua y residuos peligrosos del sector hidrocarburos.

                ¿En qué casos se presenta?

  • Las estaciones de servicio que cuenten con LAU emitida por la ASEA deben presentar la COA del 1 de marzo al 30 de junio de cada año.
  • Estaciones de servicio que descarguen aguas residuales a cuerpos receptores que se consideren aguas nacionales.
  • Estaciones de servicio categorizadas como Grandes Generadoras de Residuos Peligrosos.
  • Estaciones que generen 25 mil o más toneladas de CO2 equivalente.

Si deseas conocer los documentos requeridos y los detalles de la recepción de este trámite, consulta el siguiente tríptico informativo.

Modificaciones de la obra, actividad o plazos y términos establecidos a proyectos autorizados en materia de impacto ambiental.

Este trámite sirve para las personas físicas o morales que hayan obtenido una autorización en materia de impacto ambiental y pretendan realizar modificaciones o una solicitud de ampliación de términos y plazos establecidos a los proyectos autorizados en materia de impacto ambiental.

                ¿En qué casos se presenta?

Cuando debas realizar modificaciones de la obra y/o actividad de las estaciones de servicio que cuenten con autorización en materia de impacto ambiental o con ampliación a los plazos y términos establecidos.

Si deseas conocer los documentos requeridos y los detalles de la recepción de este trámite, consulta el siguiente tríptico informativo.

Registro de Generador de Residuos Peligrosos y su Modificación

Es una obligación con la que deben cumplir las actividades reguladas del sector hidrocarburos. Está prevista en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y nos permite conocer quiénes son los generadores, el tipo y cantidad de residuos generados, así como la categoría a la que pertenecen: grande, pequeño o microgenerador.

                ¿En qué casos se presenta?

Los regulados que generen residuos peligrosos derivados de las actividades señaladas en el artículo 3, fracción XI de la Ley de la ASEA.

Si deseas conocer los documentos requeridos y los detalles de la recepción de este trámite, consulta el siguiente tríptico informativo.

Avisos a la Agencia

Deberás dar aviso a la Agencia  del inicio y la conclusión de tus proyectos, así como del cambio en su titularidad mediante un escrito libre. (Art 49 Reglamento LGEEPA).

Normatividad

El 7 de noviembre de 2016, ASEA publicó en el DOF la NOM-005-ASEA-2016 con el objetivo de brindar certidumbre jurídica al sector, estabelciendo las especificaciones, parámetros y requisitos técnicos de seguridad industrial, seguridad operativa y protección ambiental que deben cumplir todas las estaciones de servicio de diésel y gasolina en cuanto a diseño, construcción, operación y mantenimiento Conoce más sobre esta Norma, aquí.

Asimismo, el 14 de noviembre de 2016, se publicó en el Diario Oficial la NOM-EM-002-ASEA-2016 para establecer los métodos de prueba y parámetros para la operación, mantenimiento y eficiencia de los sistemas de recuperación de vapores de gasolinas ya instalados en las estaciones de servicio para expendio al público de gasolinas. Conócela y consúltala aquí.

¿Requieres mayor información?

Consulta nuestro micrositio de estaciones de servicio de gasolina y diésel.

 Podrás conocer e informarte sobre el padrón de terceros, autorizaciones en materia de impacto ambiental, obligaciones en materia de residuos peligrosos  y resolutivos.

También, te brindaremos atención y apoyo en el correo electrónico atención.gasolineras@asea.gob.mx

Asimismo, te invitamos a consultar nuestra área de Atención al Regulado.