La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informa que derivado del Descarrilamiento ocurrido el pasado 18 de enero del presente año, el Titular de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF) ordenó la integración de una Comisión Investigadora, a fin de determinar las causas y factores que ocasionaron el siniestro.

La Comisión se integra por los siguientes servidores públicos adscritos a la ARTF: el Director General de Regulación Ferroviaria, Ing. Francisco Javier Vargas Hernández (en calidad de Presidente); el Director General de Asuntos Jurídicos, Lic. Estanislao Sandoval Bosch (en calidad de Secretario); el Director General de Estudios, Estadística y Registro Ferroviario Mexicano, Mtro. Oscar Arturo Cortés Hidalgo (en calidad de Vocal); y la Directora General Adjunta, Lic. Claudia Godínez Luz (en calidad de Vocal).

Las funciones de la Comisión son: recopilación de información; investigación; análisis y evaluación de evidencias físicas, técnicas, administrativas, fotográficas y las que sean emitidas por medios electrónicos, redes sociales o testigos, así como toda aquella que sea de utilidad en la investigación.

La Comisión coadyuvará con todas aquellas autoridades que directa o indirectamente participen en la substanciación de un procedimiento administrativo o judicial, a fin de recabar cualquier tipo de documento o información que resulte necesario para la investigación, en términos de las disposiciones legales aplicables. Así mismo, de considerarlo necesario la Comisión podrá solicitar el apoyo, asesoría u opinión técnica de terceros expertos independientes.

Por su parte, el mismo día 18 de enero de 2018 el Presidente de la Comisión designó a personal especializado para que se trasladara de forma inmediata al lugar del siniestro, con el objeto de realizar recorrido de verificación ocular a la vía general de comunicación y al equipo ferroviario, así como para recabar información que permita determinar las posibles causas que dieron origen al mismo, siendo éstos el Ing. Ramón Plazola Flores, Director de Seguridad Ferroviaria de la ARTF; el Ing. Pedro Vacio Cruz, Director de Regulación Ferroviaria de la ARTF; el Ing. José Luis Guadarrama Soto, Subdirector de Análisis de Accidentes Ferroviarios de la SCT y al C. Martín Montelongo Manjarrez, Jefe del Departamento de Operaciones del Ferrocarril Suburbano de la SCT.

Las empresas concesionarias, Ferrocarril y Terminal del Valle de México, S.A. de C.V. (Ferrovalle) y Kansas City Southern de México, S.A. de C.V. (KCSM), involucradas en el siniestro, deberán presentar a la brevedad ante la Comisión, un informe técnico en el que se establezcan, entre otros aspectos, las causas y circunstancias que lo originaron, así como la valoración de los daños causados; permitir el acceso a instalaciones por parte del personal de la Comisión o designado por ésta; y proporcionar en todo momento la información y/o documentos inherentes con este evento, que obren en su poder.

Los fragmentos de todos aquellos elementos de la vía y en su caso del equipo ferroviario que resultaron dañados, serán enviados por Ferrovalle, a la brevedad, a laboratorios especializados y certificados, para su debido análisis. La Comisión ha ordenado a la empresa que en todo momento se garantice la cadena de custodia de cada uno de ellos durante dicho proceso.

Debido a que el siniestro ocasionó daños a terceros en sus personas y bienes, tanto la SCT como la ARTF vigilarán que las empresas concesionarias que resulten responsables cumplan con su obligación de indemnizar a los afectados, de conformidad con la normatividad aplicable.

Ferrovalle y KCSM han manifestado a todas las autoridades competentes su buena disposición para colaborar de manera expedita en las investigaciones, así como para indemnizar a los deudos de las víctimas del siniestro y a las familias afectadas en sus bienes, velando también por el futuro del menor sobreviviente Ángel Valencia. En este sentido, la empresa Ferrovalle informó que el día 19 de enero pasado entregó un primer apoyo económico a los familiares de Ángel.

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COMUNICADO-001-2018

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