Objetivos del programa

  • Que los pequeños productores de maíz y los de frijol y leche complementen sus ingresos y aumenten su producción por los precios de garantía recibidos.

  • Que los productores de trigo y arroz, así como los medianos productores de maíz, incrementen su producción ayudados por los incentivos recibidos.


Cobertura del programa 

  • El alcance es nacional y focalizado hacia los productores elegibles y los estados donde se produce cada tipo de grano. 

  • Los productores podrán participar en el Programa en los ciclos agrícolas: primavera-verano y otoño-invierno. 

 

Acopio 

  • El acopio está a cargo SEGALMEX o LICONSA.

 

Precios de Garantía a productos a cargo de Segalmex

Los precios de garantía, de acuerdo con el ciclo agrícola en que aplica, el límite de superficie y el volumen máximo de compra para cada pequeño productor son:

 

PRODUCTO

CICLO PRODUCTIVO

SUPERFICIE (ha)

PRECIO DE

GARANTÍA (Pesos /

Tonelada o Litro)

VOLUMEN

MÁXIMO POR

PRODUCTOR

Maíz de

pequeños

productores

P.V. 2021*

P.V.2022

Hasta 5 de

temporal

$6,278

20 t

Frijol

P.V. 2021*

P.V. 2022

O.I. 2021-2022*

Hasta 30 de

temporal o hasta 5

de riego

$16,000

15 t

Leche

DIARIO

_________

$9.20/litro

25 litros por vaca

 

  • Se otorgará apoyo económico de $160 por tonelada a productores de maíz para el traslado de su grano de la unidad de producción al centro de acopio, sin exceder el costo de traslado de 20 toneladas por ciclo agrícola.

  • El tonelaje relativo al maíz y frijol de pequeños productores debe ser congruente en relación a la superficie de que se trate.

  • Debido a las fechas de cosecha y comercialización, se podrá comprar maíz de pequeños productores y frijol cosechado en el ciclo P.V. 2021 con presupuesto del año fiscal 2022.

 

Precios de Garantía a productos que no acopia SEGALMEX

 

PRODUCTO

CICLO PRODUCTIVO

SUPERFICIE (ha)

PRECIO DE GARANTÍA

O INCENTIVO (Pesos /

Tonelada)

VOLUMEN

MÁXIMO POR

PRODUCTOR

Maíz de

medianos

productores

O.I.2021-2022

Hasta 50

Sólo Incentivo

600 t

Trigo

panificable

P.V. 2021

O.I.2021-2022

_________

$6,400

100 t

Trigo

panificable

Pequeños

productores

P.V. 2021

O.I.2021-2022

 

Hasta 8

$6,900

50 t

Trigo cristalino

O.I.2021-2022

_________

Sólo incentivo

150 t

Arroz

P.V. 2021

O.I.2021-2022

_________

$6,760

120 t

Arroz

Pequeños

productores

P.V. 2021

O.I.2021-2022

 

Hasta 8

$7,300

80 t

 

  • El volumen máximo por productor es por ciclo agrícola y es una referencia del tonelaje límite que puede tener apoyo un productor, pero está determinado por la superficie y rendimientos reconocidos por SEGALMEX.

  • En los casos del trigo y del arroz, los Precios de Garantía se respaldan mediante incentivos. 

  • Los apoyos para el trigo se otorgarán para cubrir las diferencias entre el precio de garantía y el precio de referencia. 

  • En los casos del trigo (sólo O.I.) y del maíz de medianos productores se requerirá la compra de un Instrumento de Administración de Riesgos de conformidad con la mecánica operativa que determine SEGALMEX.

 

Incentivo para el maíz de medianos productores

  • Se otorgará sólo un incentivo para la adquisición de Instrumentos de Administración de Riesgos a los medianos productores de maíz con tierras de temporal o de riego con hasta 50 hectáreas en propiedad y/o usufructo, que comercialicen su producción.

 

Precio de Garantía para el trigo panificable

Se aplicará para el trigo panificable destinado a la industria molinera nacional y para la semilla certificada, en ambos ciclos agrícolas (O.I. y P.V.) y se otorgará de manera diferencial como se describe a continuación:

  • Modalidades

    • Para el ciclo O.I., si el precio de referencia menos el costo del IAR es mayor o igual al precio de garantía el productor sólo será elegible para el apoyo que se determine para la adquisición del IAR. 

    • Si el precio de referencia, que establecerá SEGALMEX, menos el costo del IAR es menor al precio de garantía el productor adicionalmente será elegible para un complemento suficiente para alcanzar el Precio de Garantía. 

    • En el caso del P.V., el productor sólo recibirá incentivo si el precio de referencia, que establecerá SEGALMEX, es menor al precio de garantía.

 

  • Apoyo básico.  Hasta 100 toneladas por productor elegible recibirán el apoyo que se determine para la adquisición del IAR o este apoyo y el complemento, basado en la diferencia entre el precio de garantía y el precio de referencia que establecerá SEGALMEX. 

 

  • Apoyo por productividad. Se otorga a las 200 toneladas adicionales a las primeras 100 y será de la siguiente manera:

    • Modalidad 1. Las 200 toneladas recibirán apoyo para la adquisición del IAR.

    • Modalidad 2. Las 200 toneladas recibirán el apoyo al IAR y también el 50% del complemento establecido por SEGALMEX (diferencia entre el precio de garantía y el precio de referencia).

 

  • Precio de referencia 

    • El precio de referencia será definido por SEGALMEX, y será dado a conocer mediante un comunicado, para cada región o entidad. 

    • Su cálculo se efectuará a partir de los precios de indiferencia (precios de futuro de la Bolsa de Chicago (CBOT) más las bases de comercialización) y las condiciones de mercado prevalecientes en el periodo de contratación y cosecha en cada región. 

    • Los medios de publicación serán: la página oficial de SEGALMEX y correos electrónicos a los involucrados.

    • Debido a las fechas de cosecha y comercialización, se podrán dar incentivos a los productores de trigo panificable cosechado y facturado en el ciclo P.V. 2021 con presupuesto del año fiscal 2022.

 

  • Pequeños productores

    • Se establece un precio preferencial para los pequeños productores de trigo, considerados como aquellos que tengan hasta 8 ha, en posesión y/o usufructo. 

    • Sólo accederán a este precio aquellos productores ya registrados en los padrones de SEGALMEX u otros aceptados que determine la instancia ejecutora.

 

Incentivo para el trigo cristalino

  • Para el trigo cristalino destinado a la industria molinera nacional, se beneficiarán hasta 150 toneladas por productor únicamente con el apoyo que se determine para la adquisición del IAR. Este apoyo sólo se aplicará en Baja California y Sonora.

 

Precio de Garantía para el arroz

  • Se otorga para el arroz palay destinado a la industria molinera nacional y para la semilla certificada. En ambos ciclos agrícolas se aplicará como sigue:

    • Apoyo Básico: Hasta 120 toneladas por productor elegible, recibirán el apoyo completo, equivalente a la diferencia entre el precio de garantía y un precio de referencia que establecerá SEGALMEX.

    • Apoyo por productividad: Hasta 180 toneladas adicionales a las primeras 120 por productor, recibirán el 50% del apoyo básico.

TIPO DE APOYO

TONELADAS

INCENTIVO QUE RECIBE EL PRODUCTOR

BÁSICO

HASTA 120

100%

A LA PRODUCTIVIDAD

120.1 A 300

50%

 

  • Precio de referencia

  • El precio de referencia será definido en dos categorías (para arroz grueso y para el largo), por ciclo agrícola (O.I. / P.V.) y para las diferentes regiones productoras. 

  • Su cálculo se determinará considerando los precios del arroz en el Mercado de Físicos de la Bolsa de Comercio de Chicago (CBOT), el promedio del tipo de cambio, los precios prevalecientes en el mercado nacional, los precios sugeridos y concertados entre la industria arrocera y los productores y las condiciones de mercado prevalecientes en el periodo de la cosecha en cada región.

  • Debido a las fechas de cosecha y comercialización, se podrán dar incentivos a los productores de arroz cosechado y facturado en el ciclo P.V. 2021 con presupuesto del año fiscal 2022.

 

  • Pequeños productores 

    • Se establece un precio preferencial para los pequeños productores de arroz, considerados como aquellos que tengan hasta 8 ha, en posesión y/o usufructo. 

    • Sólo accederán a este precio aquellos productores ya registrados en los padrones de SEGALMEX u otros aceptados que determine la instancia ejecutora.

 

Criterios de elegibilidad y requisitos del Programa Precios de Garantía 

Las y los productores deberán cumplir con los siguientes requisitos y criterios básicos: 

Criterios

Requisitos

Estar registrado en el Padrón de Productores de la SADER y/o estar inscritos en alguno de los siguientes padrones: Censo del Bienestar, Producción para el Bienestar y los propios que tenga o genere SEGALMEX, como el de LICONSA.

Presentar folio de registro en el Padrón de Productores de la SADER y/o de otro de los padrones indicados, folio SEGALMEX o constancia de registro.

Identificarse como productor activo nacional

Identificación oficial vigente.

Poseer una cuenta bancaria personal vigente.

·  Brindar estado de cuenta bancario vigente y personal, que muestre la CLABE interbancaria.

·  En el caso de los pequeños productores no se exigirá la cuenta bancaria.

Comprobar posesión del predio sembrado.

En propiedad (certificado parcelario, etc.) o de renta (contrato con soporte documental).

Apegarse a las mecánicas operativas de cada grano

Presentar aquellos documentos que sean determinados en cada mecánica, por ejemplo: el comprobante de IAR, documentación del predio, facturas, etc.