Entre las prácticas más perjudiciales que se observaron durante el porfiriato encontramos el proyecto de deslinde de terrenos baldíos y la colonización de tierras, el cual permitió la consolidación de grandes terratenientes que amparados por la ley arrebataron miles de hectáreas de tierras a los más desprotegidos.

Podemos señalar que el antecedente de las políticas porfiristas sobre terrenos baldíos se remonta a mediados del siglo XIX cuando el gobierno liberal buscó fortalecer al Estado mexicano ante el clero y el ejército. Estos dos grupos habían ostentado el poder y la riqueza de la nación por años, en especial la Iglesia que desde la época del virreinato se había consolidado como una de las máximas instituciones, al grado de mantener sus privilegios tras el proceso de independencia.

La actitud reaccionaria del clero ante cualquier forma de gobierno que golpeara sus intereses y privilegios fue uno de los motivos sustanciales que llevaron a los liberales a establecer importantes reformas al sistema económico, político y legalista de México, esto con la finalidad de alcanzar un Estado laico, liberal y republicano.

Los terrenos que el clero mantenía en sus manos bajo usufructo servían para abastecer sus arcas. Cuando sus intereses se veían amenazados por el gobierno, utilizaban sus riquezas para fomentar el “fratricidio” entre los mexicanos, pues financiaban agrupaciones para crear revueltas. Por tal motivo, establecer un Estado laico se colocó como un tema principal en el entramado de leyes y reformas impulsadas por los liberales, así fue como nacieron la Ley Lerdo del 25 de junio de 1856, la Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos del 12 de junio de 1859 y el Decreto sobre Ocupación y Enajenación de Terrenos Baldíos del 20 de julio de 1863.

En cuanto a esta última ley, su objetivo principal era reactivar la economía del país a través de la colonización de terrenos eriazos, así como evitar la especulación de la tierra en las manos de unos cuantos, es decir, regir el precio y regular todos los títulos de propiedad que tuvieran defecto o carecieran de ellos.[1]

Para fortalecer esta política, el 31 de mayo de 1875, el presidente Sebastián Lerdo de Tejada promulgó el Decreto sobre Colonización. En sus artículos se confiaba la tarea de colonización a empresas particulares con el apoyo del Estado, además promovía la creación de las incipientes compañías deslindadoras, las cuales obtendrían la tercera parte de los terrenos deslindados.

Estas normas fueron las bases y antecedentes que dieron cuerpo a las políticas del periodo porfirista sobre colonización, enajenación de terrenos baldíos y compañías deslindadoras; en este contexto surge el Decreto sobre Colonización y Compañías Deslindadoras promulgado el 15 de diciembre de 1883. A diferencia del decreto formulado durante el gobierno de Benito Juárez, este buscó, en primera instancia, fortalecer a las compañías deslindadoras en sus tareas de “deslindar, medir, fraccionar y valuar los terrenos baldíos o de propiedad nacional”.[2]

En los diversos lineamientos que marcaba el decreto, para que pudieran ser considerados procedentes, se estipuló que no podían adjudicarse más de 2 500 hectáreas, asimismo, los terrenos deslindados debían de ser poblados y cosechados.

No obstante, estas obligaciones llegaron a ser suprimidas con la promulgación de la Ley sobre Ocupación y Enajenación de Terrenos Baldíos del 26 de marzo de 1894, en cuyo artículo 7 se marcaba el cese de obligaciones de tenerlos poblados, acotados y cultivados mientras que en el artículo 8 se derogaba toda disposición legal de invalidar las enajenaciones mayores a las 2 500 hectáreas sin posibilidad de ser reivindicadas por el Estado.

A raíz de estas nuevas normas establecidas durante la dictadura de Porfirio Díaz, la rapacidad de las compañías deslindadoras y particulares se acrecentó y aceleró para concentrar grandes cantidades de terrenos, lo que resultó en el notable incremento de casos que fueron a parar a los jueces de distrito para determinar el proceder de los cientos de terrenos baldíos que eran denunciados.[3]

Asimismo, al comparar cifras del total de terrenos deslindados durante el gobierno de Benito Juárez y Sebastián Lerdo de Tejada con respecto al gobierno de Manuel González Flores y el primer mandato de Porfirio Díaz nos damos cuenta de la abismal diferencia, puesto que en los dos primeros gobiernos solo se llegaron a deslindar cerca de dos millones y medio de hectáreas, mientras que en los otros dos gobiernos, para 1885, se alcanzó la exorbitante cifra de catorce millones y medio de hectáreas deslindadas, de las cuales cinco millones fueron entregadas a las compañías deslindadoras a manera de pago.

Entre los terratenientes beneficiados ampliamente por la interpretación de las leyes, estuvo el chihuahuense Luis Terrazas, quien logró hacerse de miles de hectáreas deslindadas. En el AGN se preservan unos cuantos títulos de propiedad que fueron entregados a Terrazas por parte del presidente de la República, entre ellos el título otorgado el 26 de julio de 1887 por la extensión de un terreno de 20 104 hectáreas. Este formaba parte de la Hacienda de San Miguel Babícora, propiedad de Terrazas, pero se consideró como un excedente. Como ya había sido ocupado y trabajado por el terrateniente, se tomó la decisión de venderle este terreno por la cantidad de 20 centavos por hectárea (imágenes 1 y 2).

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Imágenes 1 y 2. Título de propiedad, venta de 20 104 hectáreas a Luis Terrazas (atribuido), Chihuahua, 26 de julio de 1887

Porfirio Díaz también otorgó por puño y letra al terrateniente Terrazas otras tierras ubicadas en el municipio de Casas Grandes, Distrito de Galeana, Chihuahua. Estas eran consideradas como terrenos baldíos y habían sido deslindadas por la Compañía Deslindadora Valenzuela en 1894. Este terreno alcanzaba una superficie de 23 124 hectáreas y se vendió por un total de 41 623 pesos, al fijarse el valor de un $1.80 por hectárea. Este valor final otorgaba a su nuevo propietario las facultades de poder explotar todos los recursos minerales o de hidrocarburos que pudieran encontrarse (imágenes 3 y 4).

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Imágenes 3 y 4. Porfirio Díaz, Título de propiedad concedido a Luis Terrazas en la municipalidad de Casas Grandes del Distrito de Galeana (atribuido), 28 de febrero de 1907

En conclusión, se puede señalar que el deslinde de tierras se intensificó durante el periodo del porfiriato; sin embargo, en esta misma práctica incubaron su propia destrucción, pues dieron un duro golpe a la clase campesina y a los pueblos indígenas, mismos que terminarían por engrosar las filas revolucionarias que darían muerte al antiguo régimen mexicano y exigirían al nuevo gobierno una reforma agraria, así como iniciar el reparto de la tierra que había sido concentrado en manos de los terratenientes favorecidos por el porfiriato como Luis Terrazas.

Referencia de imágenes:

Imágenes 1 y 2: Título de propiedad, venta de 20 104 hectáreas a Luis Terrazas (atribuido), Chihuahua, 26 de julio de 1887, en AGN, México Independiente, Fomento y Obras Públicas, Fomento, Terrenos Baldíos, caja 5, exp. 425, fs. 983 y 984.

Imágenes 3 y 4: Porfirio Díaz, Título de propiedad concedido a Luis Terrazas en la municipalidad de Casas Grandes del Distrito de Galeana (atribuido), 28 de febrero de 1907, en AGN, México Contemporáneo, Administración Pública Federal s. XX, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Comisión Monetaria, caja 443, exp. 22.

 

[1]Jaqueline Gordillo, Alejandro Sosa y Elena Terrés, Guía del Archivo Histórico de Terrenos Nacionales, Ciudad de México, Archivo General Agrario, 1999, p. 20.

[2] Manuel González, Decreto sobre Colonización y Compañías Deslindadoras, México, 15 de diciembre de 1883.

[3] Gordillo et al, Guía del Archivo, 1999, p. 21.