Es probable que en todos los pueblos del mundo existan las bebidas embriagantes, pues dentro de la misma naturaleza se han encontrado los elementos imprescindibles para elaborar cualquier tipo de licor. Las bebidas alcohólicas se han utilizado en actos religiosos, métodos terapéuticos, festividades y hasta para crear una identidad dentro de los pueblos; así mismo, se han resaltado las malas conductas que adquieren los individuos al ingerirlas y en consecuencia ha sido regulado a través de un estricto orden legal.

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Dentro de la Nueva España las situaciones relacionadas con las bebidas alcohólicas no fueron la excepción. Por el año de 1803, en el pueblo de Santa María del Río, en la jurisdicción de San Luis Potosí, se realizó una petición colectiva de los habitantes del pueblo a las autoridades del Tribunal Criminal para que pusieran un remedio y un castigo a las personas que fabricaban la bebida conocida como colonche[1], considerada como prohibida.

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Esta bebida tradicional de color rojizo era de origen prehispánico y se preparaba a partir de la fermentación de la pulpa de la tuna cardona. El pueblo estaba escandalizado ya que su sabor dulce resultaba muy atractivo para los niños y habían comenzado a consumirlo a pesar de que su porcentaje de alcohol alcanzaba los 20 grados o más. Por otra parte, su preparación estaba provocando la escasez de las tunas que eran usadas como un alimento principal y las autoridades locales, aunque estaban al tanto de la producción, no realizaron ninguna acción para su regulación, pago de impuestos o prohibición.

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El Tribunal citó a los gobernadores y a los fabricantes para que dieran una explicación a tan escandalosa denuncia, y atendió la petición del pueblo respecto al abuso de las nopaleras y sus frutos, pues perjudicaba a todos por unos cuantos taberneros que se enriquecían. Esta situación también acarreaba problemas con los mezcaleros y pulqueros, quienes además de pagar impuestos, se quedaban sin clientes ni ganancias. 

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Finalmente, el lugar donde se fabricaba el colonche fue cerrado y se multó tanto los taberneros como a los gobernadores por los actos ilícitos, además se les prohibió la elaboración y el consumo de dicha bebida, y se les obligó a indemnizar a los habitantes del pueblo por los daños causados a las nopaleras. Se les advirtió que de hacerlo de nuevo ya no sólo pagarían una multa, sino que serían encarcelados, pero como era de esperarse el brebaje siguió fabricándose de forma clandestina.

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[1] En el documento aparece como ‘colonchi’; sin embargo, en el Diccionario del Español de México (DEM) se registra la voz ‘colonche’, así que se decidió seguir el uso común.

Referencia: AGN, Instituciones Coloniales, Policía y Empedrados, vol. 32, exp. 9.

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*Las imágenes utilizadas para ilustrar el presente relato son una interpretación libre realizada por la subdirección de difusión del AGN y no pretenden representar con exactitud los hechos ni escenarios de la época.*