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Homogeneidad en los archivos del país.

La información que generan las dependencias públicas deberá de ser tratada y organizada, durante todo su ciclo de vida, mediante criterios uniformes, para lo cual la organización, administración, conservación y consulta de los archivos se regirá por los principios y lineamientos generales que establece la nueva ley.

Máxima apertura
Todos los documentos que las dependencias públicas producen para registrar o ejercer sus facultades deben ser públicos y accesibles; asimismo, los documentos históricos son de consulta irrestricta.

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Enfoque de derechos humanos
Los sujetos obligados deberán conservar y preservar los archivos relativos a violaciones graves de derechos humanos, así como respetar y garantizar el derecho de acceso de conformidad con las disposiciones legales en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales; no podrá clasificarse como reservada la información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad.
 
Protección y preservación del patrimonio documental de la nación
Los sujetos obligados deben desarrollar un programa anual de desarrollo archivístico bajo un enfoque de administración de riesgos, y considerar medidas para la estabilización y restauración de documentos, para lo cual el Archivo General de la Nación podrá coordinarse con sus equivalentes en las entidades federativas. En el ordenamiento legal se consideran procedimientos de control para la salida de documentos del patrimonio documental de la nación.

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Divulgación del patrimonio documental de la nación, así como de la cultura archivística
La difusión del acervo de los archivos históricos cobra central importancia, ya que la ley considera que se deben implementar estrategias para acrecentar el interés de la población en el patrimonio documental y desarrollar programas de difusión para que la ciudadanía conozca el acervo que se resguarda en los archivos históricos, valore su relevancia y así se propicie su consulta y aprovechamiento.

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Sistema Nacional de Archivos
Establece la integración de un Sistema Nacional de Archivos con el fin de asegurar la organización y administración homogénea de los archivos de los sujetos obligados de todo el país, coordinado por el Consejo Nacional de Archivos, y que contará con un Registro Nacional de Archivos que concentrará la información de los sistemas institucionales de archivos y de los archivos privados de interés público, así como aprobar las acciones de difusión del patrimonio documental resguardado en sus archivos, el cual será administrado por el Archivo General de la Nación a través de una aplicación informática.

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Sistemas Locales de Archivos
La legislación precisa también la integración de Sistemas Locales de Archivos, coordinados por los Consejos Locales de Archivos, cuyo fin será la organización y la conservación homogénea de los archivos de los sujetos obligados dentro de su jurisdicción.
 
Coordinación con el Sistema Nacional de Transparencia y Sistema Nacional Anticorrupción
La Ley General de Archivos reafirma la relevancia de la organización de los documentos como principio para el acceso a la información y la fiscalización de los asuntos públicos, por lo que establece la coordinación del Sistema Nacional de Archivos con el Sistema Nacional de Transparencia y el Sistema Nacional Anticorrupción.
 
Gestión de documentos de archivo electrónicos
Mediante la conducción del Consejo Nacional de Archivos, se encomienda el desarrollo de sistemas automatizados de gestión documental y administración de archivos bajo criterios de administración y clasificación archivística, que contemplen la incorporación, asignación de acceso, seguridad, almacenamiento y trazabilidad de documentos electrónicos, así como procedimientos para la generación, administración, uso, control y migración de formatos electrónicos, además de planes de preservación y conservación de largo plazo.

Conoce a detalle las implicaciones de la Ley General de Archivos, a través de su edición comentada, disponible en: http://inicio.inai.org.mx/Publicaciones/LGAComentada.pdf

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