A partir del 4 de abril de 2022, quedan sin vigencia las medidas establecidas en la Circular DG/004/2020 por la cual se definieron las disposiciones para la operación del Archivo General de la Nación durante la contingencia santiaria ocasionada por el virus SARS-CoV-2, consulta AQUÍ el Acuerdo Normativo 001/2022 por el cual se abroga la Circular DG/004/2020.

 

Del 27 de agosto de 2021 al 01 de abril de 2022, el AGN rigió su funcionamiento por medio de la reforma a la Circular DG/004/2020, la cual puedes consultar dando click AQUÍ, reforma que atiende a las disposiciones emitidas por la Secretaría de la Función Pública a través de Acuerdo por el que se determinan los criterios para la administración de los recursos humanos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con el objeto de reducir el riesgo de contagio y dispersión del coronavirus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 2021

Anterior a la reforma de agosto de 2021, las disposiciones en torno a la operación de la institución durante la contigencia sanitaria ocasionada por la COVID 19 se encontraban definidas por la publicación de la  Circular DG/004/2020, emitida en agosto de 2020, la cual puedes consultar dando click AQUÍ.

En el siguiente documento podrás conocer todas las medidas y protocolos que sigue el AGN para mantenerse como un espacio seguro frente a la COVID-19:

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Servicios al público durante la Nueva Normalidad

Conforme las condiciones sanitarias y el semáforo de alerta epidemiológica de la Ciudad de México lo permitan, el AGN paulatinamente restablecerá los diversos servicios que brinda al público, da click AQUÍ para consultar aquellos que se encuentren disponibles en este momento.

Filtro sanitario al ingreso del edificio

Todas las personas al ingresar al edificio deberán pasar por un filtro sanitario en el que se monitorea la presencia de síntomas relacionados con el COVID-19, tras lo cual en el supuesto de identificarse casos sospechosos no se permitirá su ingreso y se recomendará su aislamiento social.

Medidas preventivas de sana distancia y aseo personal

Toda persona que ingrese al edificio deberá observar las medidas de aseo personal (lavado de manos, no tocarse el rostro con las manos, limpieza de superficies de uso común, limpieza del equipo y mobiliario personal, tapar nariz y boca con el ángulo interno del brazo al toser o estornudar) y particularmente las de sana distancia (1.5 metros de distancia mínima entre las personas). Se mantiene un aforo máximo del 30% para asegurar la sana distancia.

 

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LINEAMIENTOS TÉCNICOS SE SEGURIDAD SANITARIA EN EL ENTORNO LABORAL, PARA LA REACTIVACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, EDUCATIVAS Y SOCIALES, RUMBO A LA "NUEVA NORMALIDAD".

Filtro sanitario al ingreso del edificio

Todos los trabajadores al inicio de su jornada laboral, antes de dirigirse a sus áreas de trabajo, deberán pasar a la enfermería del AGN para ser valorados por el doctor de la institución, quien en el supuesto de identificar casos sospechosos no permitirá su ingreso, serán remitidos de vuelta a sus hogares para entrar en un periodo de aislamiento y monitoreo durante 3 días, tras los cuales, en caso de evolucionar sus síntomas, se les indicará que acudan a su clínica del ISSSTE para recibir mayor atención.

Implementación de trabajo a distancia

Conforme al avance de las medidas preventivas indicadas por la Secretaría de Salud, cada jefe de área identifica las actividades susceptibles de desarrollarse a distancia y organiza al personal bajo su cargo para que así sea, definiendo actividades a realizar y estableciendo plazos de entrega y cumplimiento, con los respectivos indicadores de desempeño. Las áreas deben asegurar la asistencia de por lo menos una persona por día que cubra guardia.

Auto reclusión en el hogar en caso de síntomas

En caso de que un trabajador se auto identifique con síntomas de COVID-19 (tos, fiebre, malestar de garganta, secreciones nasales, dificultad para respirar en los casos más graves) permanecer en casa e informar de inmediato al número 51 33 99 00, extensión 19324 para conocer los pasos a seguir

Medidas preventivas de sana distancia y aseo personal

El personal que por la naturaleza de sus actividades deba presentarse en las instalaciones del AGN, deberá observar las medidas de aseo personal (lavado de manos, no tocarse el rostro con las manos, limpieza de superficies de uso común, limpieza del equipo y mobiliario personal, tapar nariz y boca con el ángulo interno del brazo al toser o estornudar) medidas que se difunden diariamente a través de los canales de comunicación interna de la dependencia, así como se dispersará la ubicación de los trabajadores para evitar su concentración.

Esquema de Guardias para actividades esenciales de la institución

Para los trabajadores que se desempeñan en actividades esenciales de la institución y cuya naturaleza no admita el trabajo a distancia, se establece un equema de asistencia con días alternados y horarios escalonados.

Ausencias temporales para población vulnerable

Los trabajadores mayores de 60 años, trabajadores que padecen enfermedades crónico degenerativas, personas con algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico, que no cuenten con sus esquemas de vacunación completos, tienen autorización de realizar trabajo desde el hogar, deberán coordinarse con su jefe inmediato para acordar los términos. 

 

 

HISTÓRICO DE MEDIDAS IMPLEMENTADAS DESDE MARZO DE 2020:

Todas las acciones que el Archivo General de la Nación puso en marcha para hacer frente al COVID-19 durante la Jornada Nacional de Sana Distancia fueron definidas mediante la Circular DG/003/2020 por la que se informa a los trabajadores, usuarios y proveedores del Archivo General de la Nación las acciones que se implementrán en relación con el COVID-19, da click aquí para consultar dicha Circular, así como las subsecuentes reformas a dicha circular, con las siguientes fechas de emisión:

Estos instrumentos normativos han sido emitidos para dar cumplimiento a las medidas definidas en el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el DOF el 24 de marzo de 2020, en el Acuerdo de la Secretaría de Salud, publicado el 21 de abril de 2020 en el DOF, por el que se modifica el similar del 31 de marzo de 2020 por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, y en el acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, publicado en el DOF el 14 de mayo de 2020.

Asimismo, de conformidad con las medidas definidas por la Secretaría de Salud para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas de conformidad con un sistema de alerta sanitaria, dadas a conocer mediante Acuerdo publicado en el DOF el 14 de mayo de 2020., el Archivo General de la Nación informa que los servicios al público se prestan conforme a la evolución de las condiciones sanitarias de la CDMX y el semáforo de alerta epidemiológica vigente para cada semana, da click AQUÍ para consultar aquellos que se encuentren disponibles en este momento.

A continuación puedes consultar el historial de suspensión de plazos y términos legales que, en correspondencia con las condiciones sanitrias transcurridas, el Archivo General de la Nación mantuvo durante los momentos más álgidos de la pandemia, los cuales se formalizaron a través de la publicación de los correspondientes acuerdos en el Diario Oficial de la Federación, y que pueden ser consultados en las siguientes ligas, la última suspensión de plazos y términos legales correspondió al periodo del 7 de diciembre de 2020 al 15 de enero de 2021, y el Acuerdo por el que cobra vigencia dicha medida puede consultarse en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609409&fecha=04/01/2021 

1. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591383&fecha=08/04/2020

2. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5592566&fecha=30/04/2020

3. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5594150&fecha=29/05/2020

4. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5594994&fecha=15/06/2020

5. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5596244&fecha=07/07/2020

6. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5596996&fecha=21/07/2020

7. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5597920&fecha=06/08/2020