Con el fin de contribuir con la seguridad operacional en la integración de los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS, por sus siglas en inglés Remotely Piloted Aircraft Systems) en espacio aéreo se ha desarrollado un marco normativo, en el cual se establece, entre otras cosas, lo siguiente:
  • Las operaciones del RPAS que causen heridas o la muerte de personas, o daños a las propiedades de terceros, pueden ser notificados por cualquier persona física o moral, o por cualquier entidad federal o local a la comandancia del aeropuerto más próximo, usando el formato de “Reporte de daños por RPAS” con el mayor detalle posible, en un plazo no mayor a 10 días calendario de ocurrido el evento. Reporte por daños de RPAS (Drones)
  • Los avistamientos de RPAS dentro de los 9.2km (5 millas náuticas) alrededor de los aeropuertos, o dentro de los 0.900km (0.5 millas náuticas) alrededor de los helipuertos, pueden ser reportados de inmediato a la comandancia de dicho aeropuerto con el mayor detalle posible. Reporte de avistamiento RPAS (Drones)
Con base en lo anterior, se ponen a disposición del público en general dichos formatos, los cuales deberán ser debidamente llenados y enviados por correo electrónico y/o entregados directamente en la comandancia de aeropuerto correspondiente. Para obtener información de las comandancias de los aeropuertos, deberá acceder a la siguiente liga:
 
https://www.gob.mx/afac/acciones-y-programas/directorio-282636
 
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