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Con fundamento en el Artículo 41, fracción V, apartado C, numeral 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 2, 3, 8 y 21, numeral 1 de la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes; el Artículo 50, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; los artículos 1, fracción VII, 31, 36, párrafo quinto, inciso d, 50, fracción II, inciso e, 52, 53, 58, 59, fracción IV, 63 y 94 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México; el Instituto Electoral de la Ciudad de México, con la colaboración de: el Senado de la República, el Congreso de la Ciudad de México, el Instituto Nacional Electoral, el Instituto de la Juventud de la Ciudad de México, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey y la Fundación Friedrich Naumann para la Libertad

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